822 Mayra Roxana Bravo Zambrano
Una perspectiva de la patria potestad en América Latina: Especial referencia al caso ecuatoriano
motivo”. Para esto, el Estado debe promover la corresponsabilidad materna
y paterna, así como la vigilancia en el cumplimiento de los deberes y
derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos.
En este orden, la Constitución Ecuatoriana reconoce la facultad que
tienen los padres de criar en un ambiente favorable a sus hijos, ello implica,
como se mencionó, un conjunto de factores que van desde el velar las
necesidades básicas de las hijas e hijos hasta representar y administrar
sus bienes y patrimonio. De forma más expedita, la Corte Constitucional
Ecuatoriana (Sentencia No. 28-15-IN/21, 2021) expresa:
En función de la patria potestad, tanto el padre como la madre tienen el
derecho de supervisar el desarrollo integral de NNA, y el deber de cuidado (primer
ámbito), así como la representación y administración de sus bienes (segundo
ámbito). No obstante, por la separación o divorcio ‒guras que usualmente
impiden la convivencia y la cohabitación‒ la tenencia se asignará a uno de
los progenitores. De esta forma, uno de los mecanismos para ejercer la patria
potestad es la tenencia; sin embargo…, no es la única forma para ejercerla, ya que
el ejercicio de la patria potestad también supone obligaciones de educación o de
representación judicial y extrajudicial, entre otras.
Debe concebirse que la patria potestad implica una responsabilidad de
cuidado, en principio compartida entre la madre y el padre, en cuanto a la
hija o hijo menor de edad, en el entendido de estos ser considerados como
sujetos de derecho de especial protección. “La responsabilidad de dirigir
y mantener un hogar, así como de cuidar, educar, proteger y velar por el
desarrollo integral de los hijos en común, recae en el padre y la madre en
igualdad de condiciones, aunque en la práctica no siempre ocurra de esta
manera” (Espinoza, 2022, pág. 156). En otras palabras:
La patria potestad no recae únicamente en razón de requerir que los padres
tengan autoridad sobre sus hijos, suma el ámbito educativo y psicosocial del menor,
además de inmiscuir todo el cuidado y protección para su crianza. Es decir, su
alcance implica velar por el transparente desarrollo integral, con responsabilidad
tripartita entre Estado, sociedad y familia de resguardando en todo sentido que los
derechos del menor sean respetados (Rodríguez et al., 2022: 204).
Por su parte, el Código Civil Ecuatoriano, dispone en su artículo 28,
que son representantes legales de una persona “…el padre o la madre, bajo
cuya patria potestad vive…”, por lo que, según el artículo 58 “El que vive
bajo patria potestad sigue el domicilio de quien la ejerce…”. Así, según este
texto normativo, la patria potestad es el conjunto de derechos que tienen
los padres sobre sus hijos no emancipados (Congreso Nacional de Ecuador,
2019, artículo 283).
A este tenor, el artículo 105 del Código de la Niñez y Adolescencia,
especica que la patria potestad no es solamente el conjunto de derechos
sino también el conjunto de “…obligaciones de los padres relativos a sus
hijos e hijas no emancipados, referentes al cuidado, educación, desarrollo