Instituto de Estudios Políticos y Derecho Público "Dr. Humberto J. La Roche"
de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia
Maracaibo, Venezuela
Esta publicación cientíca en formato digital es continuidad de la revista impresa
ISSN-Versión Impresa 0798-1406 / ISSN-Versión on line 2542-3185Depósito legal pp
197402ZU34
ppi 201502ZU4645
Vol.42 N° 81
Julio
Diciembre
2024
Recibido el 22/07/24 Aprobado el 15/09/24
ISSN 0798- 1406 ~ De pó si to le gal pp 198502ZU132
Cues tio nes Po lí ti cas
La re vis ta Cues tio nes Po lí ti cas, es una pu bli ca cn aus pi cia da por el Ins ti tu to
de Es tu dios Po lí ti cos y De re cho Pú bli co Dr. Hum ber to J. La Ro che” (IEPDP) de la Fa-
cul tad de Cien cias Ju rí di cas y Po ti cas de la Uni ver si dad del Zu lia.
En tre sus ob je ti vos fi gu ran: con tri buir con el pro gre so cien tí fi co de las Cien cias
Hu ma nas y So cia les, a tra vés de la di vul ga ción de los re sul ta dos lo gra dos por sus in ves-
ti ga do res; es ti mu lar la in ves ti ga ción en es tas áreas del sa ber; y pro pi ciar la pre sen ta-
ción, dis cu sión y con fron ta ción de las ideas y avan ces cien tí fi cos con com pro mi so so cial.
Cues tio nes Po lí ti cas apa re ce dos ve ces al o y pu bli ca tra ba jos ori gi na les con
avan ces o re sul ta dos de in ves ti ga ción en las áreas de Cien cia Po lí ti ca y De re cho Pú bli-
co, los cua les son so me ti dos a la con si de ra ción de ár bi tros ca li fi ca dos.
ESTA PU BLI CA CIÓN APA RE CE RE SE ÑA DA, EN TRE OTROS ÍN DI CES, EN
:
Re vicyhLUZ, In ter na tio nal Po li ti cal Scien ce Abs tracts, Re vis ta In ter ame ri ca na de
Bi blio gra fía, en el Cen tro La ti no ame ri ca no para el De sa rrol lo (CLAD), en Bi blio-
gra fía So cio Eco nó mi ca de Ve ne zue la de RE DIN SE, In ter na tio nal Bi blio graphy of
Po li ti cal Scien ce, Re vencyt, His pa nic Ame ri can Pe rio di cals In dex/HAPI), Ul ri chs
Pe rio di cals Di rec tory, EBS CO. Se en cuen tra acre di ta da al Re gis tro de Pu bli ca cio-
nes Cien tí fi cas y Tec no ló gi cas Ve ne zo la nas del FO NA CIT, La tin dex.
Di rec to ra
L
OIRALITH
M. C
HIRINOS
P
ORTILLO
Co mi Edi tor
Eduviges Morales Villalobos
Fabiola Tavares Duarte
Ma ría Eu ge nia Soto Hernández
Nila Leal González
Carmen Pérez Baralt
Co mi Ase sor
Pedro Bracho Grand
J. M. Del ga do Ocan do
Jo Ce rra da
Ri car do Com bel las
An gel Lom bar di
Die ter Nohlen
Al fre do Ra mos Ji mé nez
Go ran Ther born
Frie drich Welsch
Asis ten tes Ad mi nis tra ti vos
Joan López Urdaneta y Nil da Ma n
Re vis ta Cues tio nes Po lí ti cas. Av. Gua ji ra. Uni ver si dad del Zu lia. Nú cleo Hu ma nís ti co. Fa-
cul tad de Cien cias Ju rí di cas y Po lí ti cas. Ins ti tu to de Es tu dios Po lí ti cos y De re cho Pú bli co
Dr. Hum ber to J. La Ro che. Ma ra cai bo, Ve ne zue la. E- mail: cues tio nes po li ti cas@gmail.
com ~ loi chi ri nos por til lo@gmail.com. Te le fax: 58- 0261- 4127018.
Vol. 42, Nº 81 (2024), 90-101
IEPDP-Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas - LUZ
Derechos Humanos en el Contexto de la
Crisis Humanitaria Venezolana
“…La autoridad moral de las Naciones Unidas depende de su capacidad para ayudar
a las personas más necesitadas y esto debe hacerlo con los más altos estándares éticos y
de profesionalismo…”. (Ban Ki-moom, 2006: 11).
Peña Alemán, Tulia G. *
Vílchez de Quintero, Irasema **
Rincón Romero, Adelso ***
Resumen
La noción de dignidad humana se sostiene en base a dos
tipos de elementos: elementos objetivos, que son aquellos del
orden de lo real, apreciables por cualquier observador, y que
tienen que ver con las condiciones materiales y tangibles de
vida, como pueden ser el acceso a servicios básicos, a la higiene,
entre otros. Y los elementos subjetivos, que son aquellos propios
de la individualidad de las personas y que atañen a sus aspectos
internos y psicológicos, tales como la discriminación, el afecto, la
identidad. Por su parte, el derecho a recibir asistencia humanitaria
en Venezuela debe pasar por una fase de negociación humanitaria con
todas las partes en conicto, donde se coadyuve a la aplicación de los
principios humanitarios en la práctica, que permita condiciones favorables
de acceso, seguridad para su implementación y el respeto de los derechos
de las comunidades afectadas, de acuerdo con el derecho internacional.
Asimismo, es determinante comunicar con claridad, exactitud y precisión
los principios humanitarios para asegurar que los actores gubernamentales
acepten en el territorio a las agencias de ayuda humanitaria. Y destacar el
papel de las Organizaciones No Gubernamentales de carácter civil en el
país, para lograr la efectividad de la respuesta humanitaria.
Palabras claves: dignidad humana; principios humanitarios; respuesta
humanitaria; paz; Estado de derecho.
* Universidad del Zulia, Maracaibo-Venezuela. Abogada, Magíster Scientiarum en Ciencias Penales y
Criminológicas. Doctora en Ciencias Jurídicas. Profesora de Postgrado en los Programas de Maestría
en Ciencias Penales y Criminológicas y Doctorado en Ciencia Jurídicas. Universidad Católica Andrés
Bello, Caracas-Venezuela. Profesora Asesora del Postgrado en la Maestría en Derecho Constitucional
y Doctorado en Derecho. ORCID ID: https://orcid.org/0009-0002-1615-2642. Email: tgpa76@gmail.
com
** Universidad del Zulia, Maracaibo-Venezuela. Abogada, Magíster Scientiarum en Ciencias Penales y
Criminológicas. Doctora en Ciencias Jurídicas. Coordinadora del Programa de Maestría en Ciencias
Penales y Criminológicas y Profesora del Doctorado en Ciencia Jurídicas. Individuo de Número de
la Academia de Ciencias Jurídicas. ORCID ID: https://orcid.org/0009-0002-1615-2642. Email:
irasemavilchez@hotmail.com
*** Universidad del Zulia, Maracaibo-Venezuela. Abogado, Especialista en Derecho Corporativo,
Especialista en Contratos y Daños en el Derecho Civil, Magíster en Derecho Mercantil. Doctor en
Ciencias Gerenciales. Director del Centro de Investigaciones de Derecho Privado. ORCID ID: https://
orcid.org/0000-0002-5652-6728. Email: adelsorinconromero@gmail.com
91
CUESTIONES POLÍTICAS
Vol. 42 Nº 81 (2024): 90-101
Human Rights in the Context of the
Venezuelan Humanitarian Crisis
Abstract
The notion of human dignity is based on two types of elements: objective
elements, which are those of the order of reality, appreciable by any
observer, and which have to do with the material and tangible conditions
of life, such as access to basic services, hygiene, among others. And the
subjective elements, which are those pertaining to people’s individuality and
concern their internal and psychological aspects, such as discrimination,
aection, identity. For its part, the right to receive humanitarian assistance
in Venezuela must go through a phase of humanitarian negotiation with all
parties to the conict, which contributes to the application of humanitarian
principles in practice, allowing favorable conditions of access, security for
its implementation and respect for the rights of aected communities, in
accordance with international law. Likewise, it is crucial to communicate
humanitarian principles clearly, accurately, and precisely to ensure that
government actors accept humanitarian aid agencies in the territory. The
role of civilian non-governmental organizations in the country must also be
emphasized to ensure the eectiveness of the humanitarian response.
Keywords: human dignity; humanitarian principles; humanitarian
response; peace; rule of law.
Introducción
Este artículo, a manera introductoria, divulga la opinión de los autores
en relación con los derechos humanos que deben ser protegidos ante la
crisis compleja suscitada en la Venezuela, y tras la solicitud del Secretario
General de la Organización de las Naciones Unidas a la OIM y ACNUR, en
2019, sobre la creación de la Ocina de Respuesta Regional a la situación
venezolana, la cual coordina la asistencia humanitaria para los migrantes
y refugiados venezolanos que se han desplazado alrededor de la Región,
como característica de la emergencia compleja. En tal sentido, los desafíos
a la respuesta humanitaria venezolana son muchos y diversos para evitar la
instrumentalización política de la misma.
1. Metodología
El presente artículo tiene como base epistemológica la hermenéutica
jurídica, adoptándola la posición de Gadamer (1993), que contempla la
92 Peña Alemán, Tulia G., Vílchez de Quintero, Irasema y Rincón Romero, Adelso
Derechos Humanos en el Contexto de la Crisis Humanitaria Venezolana
hermenéutica de comprensión dialógica según la cual, la comprensión e
interpretación de los textos y contextos necesitan dirección metodológica
partiendo de la conciencia histórica, lo cual implica una distancia
signicativa del presente.
De ahí que, la hermenéutica es la mejor alternativa metodológica
cuando la acción interpretativa se despliega para comprender los distintos
símbolos y signos que hablan del sentido particular de un tiempo y espacio
determinado y de sus acontecimientos transcendentales. (Popper, 1945).
En tal sentido, este enfoque se concibe como producto del conocimiento
las interpretaciones de los simbolismos socioculturales a través de los cuales
los actores de un determinado grupo social abordan la realidad (humana
y social, fundamentalmente). Más que interpretación de una realidad
externa, el conocimiento es interpretación de una realidad tal como ella
aparece en el interior de los espacios de conciencia subjetiva.
Por tanto, en el presente artículo se utilizó una metodología
hermenéutica, tradicional positivista, mediante un diseño documental de
investigación basado en la selección, organización, interpretación y cotejo
de fuentes documentales escritas, que fueron seleccionadas objetivamente
por los autores por su pertinencia en la materia.
2. Derecho a vivir con dignidad en crisis humanitaria
La vida y la dignidad no pueden verse aisladamente. El ser humano por
el solo hecho de serlo, debe tener arraigado el valor de vivir con dignidad,
incluso, bajo crisis humanitarias nacionales o internacionales. De esta
manera, una existencia digna —o al menos digna del ser humano—es la que
permite explotar sus capacidades y esforzarse por crecer en el mundo. Esto
sólo es posible cuando ciertos elementos mínimos fundamentales están
cubiertos: como el derecho a la vida, a la libertad, a tener una vivienda y a
ser bien remunerado por el trabajo desempeñado, entre otros.
Lo que hoy en día comprendemos como dignidad tiene su origen en
la doctrina del cristianismo, según la cual todo ser humano es creado a
imagen y semejanza de Dios, sin distinciones respecto a su estatus social
o su lugar de nacimiento, dotado asimismo de un libre albedrío con el cual
puede hacerse el bien o hacerse el mal.
Así las cosas, la mayor parte de esos derechos fundamentales están
contemplados hoy en día en la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, y en las Constituciones y leyes de cada uno de los Estados. En
el caso de Venezuela nuestra Constitución Nacional y el Ordenamiento
Jurídico Positivo tienen una extensa regulación para proteger los Derechos
Fundamentales de todo individuo, además, de garantizar formalmente la
defensa de estos ante cualquier posible vulneración interna o externa.
93
CUESTIONES POLÍTICAS
Vol. 42 Nº 81 (2024): 90-101
No obstante, en la práctica, vemos como la protección y el ejercicio de
los Derechos Fundamentales no es más que un aspecto netamente formal,
por cuanto, observamos que las condiciones de vida del ciudadano común
venezolano distan mucho de la denición de vivir dignamente anteriormente
expresada.
Las razones, de diversa índole, políticas en su mayoría, económicas,
descomposición social, falta de ética y una mala formación de la generación
de relevo. Por mencionar alguna, el pago de salarios ínmos, que solo
existen como un indicador de medición, por cuanto el trabajador formal
debe ingeniárselas para “sobrevivir” buscando alternativas que se los
permita. Sin mencionar la crisis migratoria que ha generado esta situación
y que he conllevado a la fuga de talentos que permitieran, al menos en un
futuro cercano, reconstruir la nación venezolana.
En este momento, año 2024 a escasos días de un proceso electoral
para “elegir” a un Presidente de La República, con precedentes atropellos,
inhabilitaciones políticas, presos políticos y un candidato a presidente
prometiendo resolver los problemas del País que no ha podido resolver en
el ejercicio del cargo por más de una década.
Esperanza, es lo único que tiene el pueblo venezolano, una esperanza
que se ve mermada cada día más, donde se observan constantes violaciones
a los Derechos Fundamentales Básicos y la única respuesta de las
autoridades políticas es que tales violaciones, obviamente, sin calicarlas
como tal, derivan de las sanciones económicas, impuestas a Venezuela por
la comunidad internacional. Sin pretender siquiera ver la dignidad en áreas
del ejercicio cientíco y técnico, como parte de la ética y bioética, es decir,
de los comportamientos moralmente réprobos o aceptables para el ser
humano, ya sea que los ejecute o que los padezca.
De tal manera, se puede decir, sin temor a equivocarse, que actualmente
en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, vivir con dignidad
es una utopía que solo puede ostentar una cúpula de personas, muy alejados
del ciudadano común que literalmente sale a sobrevivir todos los días.
3. Derecho a recibir asistencia humanitaria
En el marco de inestabilidad política del país, aunado a la pérdida de
la producción, la hiperinación, el empobrecimiento de la población, el
aumento de la corrupción en todos los niveles, entre otros, ha producido
durante la última década, una situación excepcional en Venezuela, que
amenaza la calidad de vida, la libertad y a la subsistencia humana, afectando
las condiciones básicas a la salud, a la seguridad y a la vida misma.
94 Peña Alemán, Tulia G., Vílchez de Quintero, Irasema y Rincón Romero, Adelso
Derechos Humanos en el Contexto de la Crisis Humanitaria Venezolana
Como corolario se ha producido históricamente, el más inédito
desplazamiento masivo de venezolanos, que hoy día asciende a más de 7.77
millones de ciudadanos con categorías de: migrantes y refugiados alrededor
del mundo. Siendo considerado el segundo mayor desplazamiento del
mundo4
Esta emergencia compleja suscitada en Venezuela, desde
aproximadamente más de una década (2.013-2.024), obliga a ejercer
plenamente (por todos los medios existentes), el derecho de los venezolanos a
solicitar y recibir protección y asistencia humanitaria según sus necesidades
y en proporción a ésta, de modo imparcial y sin discriminación alguna.
En relación con el entorno sociopolítico y de protección en los países de
destino y tránsito, a pesar de avances positivos en el acceso a regularización,
procedimientos de asilo y otras formas de estatus legal para las personas
venezolanas en muchos países, señala la plataforma de la ONU que
factores como el aumento de la xenofobia, las dicultades de las economías
nacionales y los limitados prospectos socioeconómicos y de empleo,
especialmente para aquellas personas en situación irregular, seguirán
inhibiendo las perspectivas de integración local de personas refugiadas y
migrantes durante este año.
Esto continuará impulsando movimientos sucesivos y circulares. Por
otro lado, en cuanto a los retornos de venezolanos a su país de origen, aunque
se han observado algunos aumentos leves a nales de 2023, se espera que
sigan siendo mínimos y en gran medida exploratorios, representando una
pequeña fracción de los movimientos generales, con salidas del país que
superan ampliamente los retornos.
En este contexto, durante la última década se han evidenciado distintas
modalidades de violación en la crisis humanitaria venezolana:
Negativa a reconocer las necesidades humanitarias para sustraerse
de obligaciones.
Creación de impedimentos para la entrada de asistencia
internacional.
Restricción de acceso a zonas e instalaciones afectadas por una
emergencia humanitaria.
Privación, exclusión o condicionamiento deliberado de la asistencia
humanitaria.
Restricciones arbitrarias al movimiento interno de la asistencia
internacional.
4 Ver página consultado en línea: https://respuestavenezolanos.iom.int/es/situacion-regional-
migratoria-venezolana.
95
CUESTIONES POLÍTICAS
Vol. 42 Nº 81 (2024): 90-101
Politización de la asistencia humanitaria para sumar respaldo a uno
de los entes gubernamentales.
Apropiación o desvío de fondos, suministros o medios para
benecios económico o político.
Ataques, persecución o criminalización por proporcionar o recibir
asistencia humanitaria.
Retiro arbitrario de asistencia humanitaria a personas que la
necesitan.
Siendo así, promover en el país el cumplimiento de los principios
humanitarios es tarea de todos y muy fundamental en la respuesta
humanitaria, en especial, de las organizaciones humanitarias (ONG, Cruz
Roja, Caritas, entre otras), la aplicación de los principios de humanidad,
neutralidad e imparcialidad previstos en la Resolución 46/182 de las
Naciones Unidas de 1.991; y el principio de independencia operativa en la
Resolución 58/114 de las Naciones Unidas de 2.004, para que la respuesta
humanitaria sea efectiva en el país.
En suma, el derecho a recibir asistencia humanitaria en el país debe
pasar por una fase de negociación humanitaria con todas las partes en
conicto, donde se coadyuve a la aplicación de los principios humanitarios
en la práctica, que permita condiciones favorables de acceso, seguridad
para su implementación y el respeto de los derechos de las comunidades
afectadas, de acuerdo con el derecho internacional.
Por ende, se debe activar los principios de asociación en Venezuela
para que los actores internacionales y los agentes nacionales participen
con igualdad y respeto en la respuesta humanitaria, así como actuar con
transparencia, diálogo y complementariedad en la acción humanitaria.
4. Derecho a la iniciativa a proporcionar asistencia humanitaria
Este derecho involucra a las Organizaciones Internacionales, quienes a
su vez tienen derecho a ofrecer y proporcionar asistencia a todas las personas
en desastres, emergencias y conicto armado, así como a refugiados y
desplazados. En este marco, en Venezuela hay muchas presiones sobre
los actores humanitarios proveniente de diversas fuentes, por cuanto los
autores gubernamentales no han permitido libremente la participación del
Coordinador de Respuestas de Emergencias de las Naciones Unidas –siglas
en inglés ERC-, a manera de ejemplo, brindar ayuda humanitaria como
parte de los esfuerzos para lograr nes políticos de cara a una reelección
presidencial en el año 2.024.
Pues bien, entre los distintos modos de violación de este derecho se
puede destacar:
96 Peña Alemán, Tulia G., Vílchez de Quintero, Irasema y Rincón Romero, Adelso
Derechos Humanos en el Contexto de la Crisis Humanitaria Venezolana
Prohibición arbitraria de operaciones humanitarias internacionales.
Negativa arbitraria de visas u otros documentos legales para
personal humanitario.
Expulsión del personal internacional por ofrecer o proporcionar
asistencia humanitaria.
Decomiso ilegal, destrucción o sustracción de bienes humanitarios.
Amenazas o ataques contra el personal humanitario internacional.
De ahí que, la Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados
y Migrantes de Venezuela (R-4V) presentó la actualización del Plan de
Respuesta Regional para Refugiados y Migrantes (RMRP) de cara al 2024,
como un resultado de consultas con las 248 organizaciones asociadas, así
como con gobiernos de los países de acogida, donantes, personas refugiadas,
migrantes y comunidades de acogida en toda la región. Esta plataforma,
que actúa como un mecanismo de coordinación regional co-liderado por
la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) y la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM), busca dar respuesta al
desplazamiento de personas refugiadas y migrantes de Venezuela en
América Latina y el Caribe.
Resulta importante destacar que dicha plataforma, tiene como objetivo
complementar la respuesta de los gobiernos que acogen a personas
refugiadas y migrantes. Y las consultas realizadas tienen como objetivo
actualizar las suposiciones y escenarios de planicación originalmente
previstos para 2024 en función de los acontecimientos actuales y los cambios
en el contexto, y “ajustar la respuesta para satisfacer las necesidades de
las poblaciones afectadas, según lo identicado a través del más reciente
Análisis de Necesidades de refugiados y Migrantes (RMNA), publicado en
septiembre de 2023”, menciona la agencia.
En cuanto a la situación dentro de Venezuela y las causas que impulsan
a abandonar el país, la plataforma señala que las salidas de personas
refugiadas y migrantes en 2024 serán aproximadamente un 10% mayores
que en 2023, lo que representa un crecimiento positivo interanual inferior
en comparación con años anteriores.
Por consiguiente, mantener los principios humanitarios en Venezuela
frente a estas presiones políticas es una tarea esencial, ya que una
transacción político-partidista sería mortal para que la acción humanitaria
en el país sea ecaz y eciente. Por tanto, la clave es comunicar con
claridad, exactitud y precisión los principios humanitarios para asegurar
que los actores gubernamentales acepten en el territorio a las agencias de
ayuda humanitaria.
97
CUESTIONES POLÍTICAS
Vol. 42 Nº 81 (2024): 90-101
Por consiguiente, cabe destacar el papel de las Organizaciones No
Gubernamentales de carácter civil en el país, para lograr la efectividad de la
respuesta humanitaria y en procura de la paz.
5. La migración venezolana como característica de la
emergencia compleja. Perspectiva Criminológica
A propósito del gran número de víctimas civiles ocasionado por la
emergencia compleja del país, es por lo que se originó el deslazamiento
forzado de venezolanos, por las condiciones graves existentes desde hace
una década y que amenazan a la seguridad, libertad, vida y subsistencia, por
ello se hizo la arquitectura para la respuesta humanitaria.
De acuerdo con la Ocina del Enviado Especial para la Respuesta
Regional a la situación de Venezuela, la mayoría de los migrantes y
refugiados de Venezuela residen en la región (6.59 millones en junio de
2024). Entre los mayores países de acogida están Colombia (2.9 millones),
Perú (1.5 millones), Brasil, Ecuador y Chile.
A pesar de los avances en la regularización y el otorgamiento del estatus
de refugiado a los venezolanos, un gran número de migrantes y refugiados
no cuentan con documentos migratorios, con la consiguiente limitación de
acceso a la protección social en algunos países.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU Migración), para
junio de 2.024 indicó que los migrantes y refugiados venezolanos están
utilizando diversas rutas migratorias, que incluyen tierra, mar y aire. Como
consecuencia de la pandemia COVID-19 y la interrupción de los canales
regulares, muchos venezolanos han recurrido a utilizar rutas irregulares
para llegar a sus destinos. Los cruces fronterizos informales se caracterizan
a menudo por sus condiciones inseguras y sus graves problemas de
protección, donde las personas están cada vez más expuestas a la trata de
personas y a otras formas de violencia.
Asimismo, la pandemia de la COVID-19 ha añadido otra capa de
complejidad a la situación de los desplazamientos en la región. La pérdida
generalizada de puestos de trabajo y de fuentes de ingresos ha supuesto
una mayor incapacidad para garantizar las necesidades básicas, como la
alimentación, el alojamiento y otros servicios esenciales. Hay un aumento
de la xenofobia y la discriminación hacia los venezolanos, motivada por
una errada percepción de mayor competencia por puestos de trabajo,
criminalización y temor a la propagación del virus.
Desde el punto de vista esencialmente de carácter político criminal,
estudios realizados por Human Rigtht, así como por académicos y
estudiosos de la materia, han concluido que la migración en cuanto a
98 Peña Alemán, Tulia G., Vílchez de Quintero, Irasema y Rincón Romero, Adelso
Derechos Humanos en el Contexto de la Crisis Humanitaria Venezolana
estadísticas criminales no demuestra que los migrantes superen en número
de sujetos activos de delitos a los ciudadanos nacionales, e igualmente
de los resultados estadísticos se demuestra que el número de víctimas de
migrantes supera al de nacionales, lo cual rompe el paradigma de que los
migrantes son delincuentes o que la migración incida signicativamente en
el índice de la criminalidad.
En el caso latinoamericano, en una perspectiva de retrospección se
crea un entramado de requisitos para obstaculizar el ingreso migratorio,
barriendo deliberadamente los derechos humanos de las personas, para
privilegiar los conceptos de seguridad nacional, seguridad económica,
resguardando los derechos humanos de sus nacionales, y otras tantas
justicaciones bajo el amparo del orden público.
Actualmente, en el ámbito migratorio venezolano, los derechos humanos
se ven afectados por una crisis de violencia y seguridad en el continente,
donde el crimen organizado transnacional, como es el caso del manejo
mediático del llamado “Tren de Aragua”, pretende justicar que algunos
Estados violen sistemáticamente los derechos humanos sin remordimientos
ni ocultamientos, bajo la tesis del debate de las dos columnas de discusión
de equilibrio del sistema de los derechos humanos: el garantismo de un lado
y la rearmación de la doctrina de la seguridad nacional como prioridad
discursiva ante el tema de impedir la impunidad.
Ante este panorama, surge la pregunta ¿Cómo podemos abordar la
gestión de los derechos humanos de los migrantes en un contexto de
invisibilización de los derechos del hombre, supeditados a la preservación
de los Estados? La globalización de la migración en América está echando
por tierra las bases teóricas en las que las Ciencias Sociales sostenían el
binomio Estado-Nación. Uno de estos presupuestos es la vinculación entre
ciudadanía y territorio.
La vulnerabilidad en la que viven los migrantes y más aún los
indocumentados es el principal problema de la migración en masa, sea ello
producto de las realidades económicas, políticas, sociales o culturales que
viven nuestros países latinoamericanos:
1. ¿Ha considerado abordar las posibles objeciones de quienes creen que el
impacto de la migración desde la perspectiva de los derechos humanos va más allá
de la capacidad de los estados individuales y plantea preguntas sobre el discurso de
unidad y la cooperación globales?
2. ¿Qué pasa con los críticos que sostienen que las cuestiones migratorias no
sólo son de naturaleza discriminatoria, sino que también exponen las limitaciones
de los mecanismos internacionales de derechos humanos para abordar estos
complejos desafíos?
En denitiva, podemos señalar que la integración de la masa migratoria
venezolana a los países receptores se vuelve de carácter imperativo y, esa
99
CUESTIONES POLÍTICAS
Vol. 42 Nº 81 (2024): 90-101
integración, aún a pesar de las diferencias culturales y de los obstáculos
que representan los actos discriminatorios, sería determinante en el
reconocimiento o no de los Derechos Humanos.
Conclusiones
Al nalizar la obtención de la información documental, puede decirse
que cada participante de los que conformamos este ensayo ha ido arrojando
puntos conclusivos, recogidos en esta sección:
En el contexto de emergencia compleja suscitado en el país, la
arquitectura humanitaria diseñada por la Organización de las
Naciones Unidas constituye un aporte valioso para el respecto y
garantía de los derechos humanos de los ciudadanos venezolanos
víctimas que se encuentran en el país.
En Venezuela ya basta excusas para no actuar. No se pueden seguir
ignorando las violaciones de los derechos económicos, sociales y
culturales de las personas. El hambre, la falta de hogar, salarios
dignos, ya no pueden tratarse como problemas sociales sin solución
son situaciones de derechos humanos verdaderamente escandalosas.
La privación de estos derechos no se puede atribuir únicamente a la
falta de recursos: invariablemente, también es consecuencia de la
falta de voluntad política y la discriminación.
En los países más ricos, los grupos marginados sufren pobreza e
injusticia.
Puede armarse que la Migración venezolana es una realidad tan
íntimamente vinculada al tema de los Derechos Humanos, que
como tal viene a establecer reglas de actuación en un sector de la
sociedad, el cual es el Estado mismo, en su más amplio sentido.
La migración, sobre todo de naturaleza ilegal, se ha convertido en
un problema a nivel mundial, por la inuencia de la globalización y
las implicaciones en lo económico, en lo social, y en lo laboral, pero,
sobre todo, es un reto en la protección de los derechos humanos y
en las disposiciones migratorias que todos los países emiten para
regular la entrada, salida y permanencia de personas, así como las
acciones en contra de la migración irregular.
La posible suscripción del Pacto Mundial sobre la Migración abre
la posibilidad de crear conciencia en las Naciones del mundo de
la importancia de salvaguardar los derechos humanos de todas
las personas sin importar su origen ni su condición migratoria,
pero sobre todo es un reto para que las legislaciones migratorias
100 Peña Alemán, Tulia G., Vílchez de Quintero, Irasema y Rincón Romero, Adelso
Derechos Humanos en el Contexto de la Crisis Humanitaria Venezolana
de los países contemplen la integración y observancia del derecho
internacional de los derechos humanos e incluyan políticas públicas
con una visión de gobernanza de fronteras.
Finalmente, para los autores de esta investigación, la crisis humanitaria
en Venezuela ha desencadenado una alarmante violación de los derechos
humanos, reejando un deterioro sistemático en la calidad de vida de sus
ciudadanos. A medida que la situación se agrava, más de 19 millones de
personas requieren asistencia humanitaria, mientras que casi ocho millones
han abandonado el país en busca de mejores condiciones de vida.
Esta situación ha sido ampliamente documentada por organismos
internacionales como la ONU y Human Rights Watch. La falta de acceso
a derechos básicos como la salud y la alimentación ha llevado a millones a
vivir en condiciones extremas, lo que subraya la inecacia del gobierno para
mitigar esta crisis. En este contexto, las libertades democráticas han sido
severamente restringidas, lo que ha incrementado la violencia institucional
y la inseguridad jurídica. La comunidad internacional debe intensicar sus
esfuerzos para abordar esta situación crítica y garantizar que se respeten los
derechos fundamentales de todos los venezolanos.
Referencias Bibliográcas
AMNISTÍA INTERNACIONAL. 2014. Derechos Humanos para la Dignidad
Humana. Una introducción a los derechos económicos, sociales y
culturales (Segunda edición). Disponible en línea. En: https://www.
amnesty.org/es/documents/pol34/001/2014/es/. Fecha de consulta:
14/06/24.
CHAMPEIL DESPLAST, Veronique. 2021. “Libertades Económicas,
Derechos Humanos y Violencia Social, ¿Cuáles Articulaciones?” En:
documento en líneas. En: https://www.uexternado.edu.co/wp-content/
uploads/2021/09/Libertades-economicas-Derechos-Humanos.pdf.
Fecha de consulta: 14/06/24.
GADAMER, Hans-Georg. 1993. “Verdad y Método. Fundamentos de una
hermenéutica losóca”. Quinta edición. Ediciones Sígueme. Madrid,
España.
NACIONES UNIDAS. 1945. Carta de las Naciones Unidas. Disponible en línea.
En: https://www.un.org/es/charter-united-nations. Fecha de consulta:
14/06/24.
NACIONES UNIDAS. 1991. Resolución 46/182 (1991). Disponible en línea. En:
https://undocs.org/es/A/RES/46/182. Fecha de consulta: 14/08/24.
101
CUESTIONES POLÍTICAS
Vol. 42 Nº 81 (2024): 90-101
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES. 2017.
Manual Regional Derechos Humanos de Personas Migrantes. Disponible
en línea. En: https://publications.iom.int/es/books/derechos-humanos-
de-personas-migrantes-manual-regional. Fecha de consulta: 14/06/24.
PLATAFORMA HUMANITARIA MUNDIAL. 2007. Principios de
Asociación. Disponible en línea. En: https://www.icvanetwork.org/
uploads/2021/09/Principles-of-Partnerships-Spanish-.pdf. Fecha de
consulta: 14/08/24.
POPPER, karl. 1945. La sociedad abierta y sus enemigos. Editorial Digital
Titivillus. Barcelona, España.
SANTIAGO NINO, Carlos. 1989. “Ética y Derechos Humanos”. Astrea, Buenos
Aires, argentina. p. 92.
VILLASMIL ESPINOZA, Jorge Jesús; CHIRINOS PORTILLO, Loiralith. 2016.
“Reexiones sobre Derechos Humanos, multiculturalidad y diálogo
intercultural” En: Opción: Revista de Ciencias Humanas y Sociales,
Venezuela. Vol. 32, No. 79, pp. 197-216.
www.luz.edu.ve
www.serbi.luz.edu.ve
www.produccioncienticaluz.org
Esta revista fue editada en formato digital y publicada
en diciembre de 2024, por el Fondo Editorial Serbiluz,
Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela
Vol.42 Nº 81