Fundamento constitucional del impuesto predial en Venezuela
Resumen
El presente articulo analiza el fundamento juridico constitucional del impuesto predial en Venezuela, cuya creacion fue prevista en la Constitucion de 1999. Se revisan las normas pertinentes para concluir en la necesidad de que este impuesto debe introducirse a traves de una ley nacional que defina en terminos muy generales los elementos tecnicos fundamentales del impuesto predial (hecho imponible, base, sujetos, metodos de avaluos, tarifas, etc.) pero recaudado por los municipios del pais. Esta interpretacion conduce al rechazo del impuesto creado por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela de 2001, como forma de tributacion de los predios rurales en el pais. Se analiza tambien la tradicion del pais en materia de aplicacion del impuesto sobre inmuebles urbanos, a fina de destacar la pertinencia de que dicho impuesto grave todas las tierras ubicadas fuera de las ciudades, con independencia de su uso, es decir sea este agropecuario, forestal, de recreo, comercial, industrial, o incluso tierras ociosas.
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