Revista de Ciencias Humanas y Sociales
© 2022. Universidad del Zulia
ISSN 1012-1587/ ISSNe: 2477-9385
Depósito legal pp. 198402ZU45
Portada: Dándole
Artista: Rodrigo Pirela
Medidas: 25 x 30 cm
Técnica: Acrílico sobre tela
Año: 2012
Año 38, Especial No. 29 (2022): 125-138
ISSN 1012-1587/ISSNe: 2477-9385
DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.7498620
Recibido: 22-08-2022 Aceptado: 21-09-2022
Mujeres y agua: desigualdades y desafíos en zonas
rurales
Denise Soares
Instituto Mexicano de Tecnología el Agua, México
ORCID: http://orcid.org/0000-0003-1811-0139
denisefsoares@yahoo.com.mx
Ofelia Andrea Valdés-Rodríguez
El Colegio de Veracruz, México
ORCID: http://orcid.org/0000-0002-3702-6920
dra.valdes.colver@gmail.com
Resumen
El agua es un derecho humano reconocido en la constitución
mexicana desde 2012. Sin embargo, aún no se establecen los mecanismos
para que la ciudadanía pueda ejercer dicho derecho. Esta contribución
analiza el acceso al agua en la comunidad rural de El Mirador, municipio
de Zautla, Puebla y cómo la carencia del servicio incrementa la carga
laboral de las mujeres. Se concluye que la población no ejerce su derecho
al agua y que la división sexual del trabajo unida a los problemas para
acceder al agua refuerza las desigualdades e incrementa las brechas de
género.
Palabras clave: agua; mujeres; división sexual del trabajo; zonas
rurales.
Women and water: inequalities and challenges in rural areas
Abstract
Water is a human right recognized in the Mexican constitution
since 2012. However, the mechanisms for citizens to exercise this right
have not yet been established. This contribution analyzes water access in
the rural community of El Mirador, municipality of Zautla, Puebla, and
how the lack of services increases women’s workload. We concluded that
the population does not exercise its right to water and that the sexual
division of labor and problems found in accessing water resources
reinforce inequalities and increase gender gaps.
Keywords: water; women; sexual division of labor; rural zones.
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1. INTRODUCCION
El surgimiento y consolidación de los movimientos feministas está
siendo un fenómeno sociopolítico de gran relevancia a nivel mundial,
logrando posicionar en el debate público, a través de movilizaciones,
demandas por los derechos de las mujeres, entre ellos el derecho humano
al agua. Con ello se va construyendo un nuevo pacto social que
promueve el tránsito hacia sociedades más igualitarias basadas en
estándares globales de derechos humanos. Aunado a ello, el derecho
humano al agua se ha posicionado en el ámbito del derecho internacional,
sobre todo dentro del sistema de protección de los derechos humanos de
las Naciones Unidas, con una serie de resoluciones jurídicamente
vinculantes, lo que supone por parte de los Estados, un reconocimiento
de obligación legal y un imperativo de su implementación en las políticas
públicas (SOARES, 2019).
Algunos ejemplos de avances en términos de derechos de las
mujeres y al agua están plasmados en la Convención para la Eliminación
de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de 1979,
la cual establece que las mujeres de zonas rurales tienen el derecho a
disfrutar de condiciones adecuadas de vida, especialmente en lo referente
al abasto de agua potable, en igualdad de condiciones con los hombres.
Asimismo, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la cual
afirma que los niños y niñas tienen el derecho a acceder al agua de buena
calidad; y la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad de 2006, que aboga por el acceso sin discriminación al agua
potable, por parte de las personas discapacitadas (RIBEIRO DO
NASCIMENTO, 2018; MEIER et al., 2014).
Sin embargo, en la práctica el ejercicio del derecho humano al agua
sigue siendo una asignatura pendiente. El Informe de UN Water [Naciones
Unidas Agua] (2021) señala que alrededor de 1.6 mil millones de personas en
el mundo sufren de escasez económica de agua, lo que significa que carecen
de la infraestructura necesaria para acceder al recurso, aunque esté
físicamente disponible. Con relación a la calidad, el 80% de las aguas
residuales industriales y municipales son vertidas sin tratamiento, con efectos
nocivos para la salud humana y ambiental. Asimismo, 4.1 mil millones de
habitantes del planeta no cuentan con servicios de saneamiento seguro
1
.
1
Se considera saneamiento manejado de forma segura cuando las personas cuentan con un inodoro
mejorado o letrina no compartida, donde las excretas se eliminan de forma segura in situ o son tratadas
fuera del sitio (UN WATER, 2021).
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La carencia de acceso al agua y al saneamiento impacta de manera
diferencial a hombres y mujeres, en especial en zonas rurales, donde las
mujeres duplican el tiempo dedicado por los hombres al acarreo del agua
y son las responsables del cuidado de la salud familiar, afectando el
arreglo intrafamiliar de mano de obra y la asignación de tiempo a otras
actividades (CHOUDHURI AND DESAI, 2021).
Esta contribución analiza el acceso al agua en la comunidad rural
de El Mirador, municipio de Zautla, estado de Puebla, México, y cómo la
carencia del servicio incrementa la carga laboral de las mujeres. Su
argumentación se enfoca en tres dimensiones del derecho al agua:
disponibilidad, accesibilidad y calidad; así como la relación entre la
división sexual del trabajo y las desigualdades de género, especialmente en
zonas rurales.
2. FUNDAMENTOS TEÓRICOS Y METODOLÓGICOS
En el desarrollo de esta contribución se toman como referencia
dos marcos analíticos: el derecho humano al agua y el enfoque de género.
El derecho humano al agua, reconocido por el Comi de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), del Consejo Económico y
Social de las Naciones Unidas, en 2002, a través de la Observación
General n.º 15 (OBS 15), titulada “El derecho al Agua”, publicada en
RED DESC (2020), establece que el derecho humano al agua implica
tener suficiente agua, viable económica y físicamente, de manera segura y
aceptable, para uso personal y doméstico en forma suficiente, salubre,
aceptable y asequible. Asimismo, reconoce que el Estado debe garantizar
este derecho.
Ello implica un avance sustancial en términos de
conceptualización del agua, dado que, más que un bien económico”
empieza a ser nombrada como un derecho de la ciudadanía. Asimismo,
por ser una observación del CDESC, insta a los países que firmaron el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(PIDESC), a cumplir con el mandato de garantizar el acceso al agua a sus
habitantes. Si bien la OBS15 se enfoca exclusivamente en el agua, en el
2010 fueron aprobadas dos Resoluciones por la Asamblea General de las
Naciones Unidas, reconociendo los derechos al agua y al saneamiento
como parte esencial del derecho internacional y esenciales para el pleno
disfrute de la vida y de todos los derechos humanos (BECERRA
RAMÍREZ Y SALAS BENÍTEZ, 2016; SINGH, 2013).
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Con relación al análisis de género, trae al debate las construcciones
sociales de lo que debe ser considerado como femenino y masculino, así
como las relaciones desiguales de poder entre los sexos. Dicho enfoque
ha permitido brincar de una conceptualización de lo que significa ser
mujer basada en acepciones biológicas hacia una comprensión integral de
la feminidad como producto de construcciones sociales y culturales, por
lo tanto, dinámica y en permanente cambio.
Se reconocen las relaciones de género como la base para el
ensanchamiento de las brechas de poder entre hombres y mujeres y,
como tal, el eje de preocupación de los movimientos feministas. Estas
reflexiones han abierto paso a la necesidad de abordar las desigualdades
de género bajo la perspectiva de los derechos humanos, con el
reconocimiento que superar las desigualdades no implican solamente
vencer problemas económicos y sociales, sino reconocer la igualdad de
derechos entre hombres y mujeres (MATOS, 2022; MURACANI
ARAÚJO Y CAMARGO, 2022).
En el modelo del patriarcado la división sexual del trabajo, que
asigna a los hombres las actividades productivas y valoradas por el resto
de la sociedad y a las mujeres las labores reproductivas y de cuidado,
invisibilizadas por no generar valor de cambio, está sustentada en
relaciones de poder, que resulta en subordinación y dominación de unas
por otros. De esta manera, las diferencias sexuales entre hombres y
mujeres derivan en mandatos sobre sus identidades, comportamiento y
las funciones que deben desarrollar, transformando la diferencia en
desigualdad (NEVES SILVA, 2022).
La desigualdad entre hombres y mujeres se refleja, entre otras
actividades, en el acarreo de agua por parte de las mujeres y en el cuidado
de la salud familiar, en ocasiones que algún miembro de la familia
padezca enfermedad de origen hídrico, ocasionando impactos negativos
en su bienestar, acceso a la educación y oportunidades de participar en
labores que pueden generar recursos económicos, debido a la no
disponibilidad de tiempo, el cual es utilizado en las labores para acceder
al agua, al saneamiento y otras vinculadas a la reproducción de la unidad
doméstica (NEVES SILVA, 2022).
Si bien en los espacios urbanos la tradicional división sexual del
trabajo viene flexibilizándose y las mujeres van ocupando espacios otrora
de exclusividad masculina, lo mismo no se puede decir con relación a los
territorios rurales, en donde las desigualdades entre hombres y mujeres
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siguen constituyendo una barrera relevante en la construcción de
procesos de sostenibilidad a nivel local. En cada territorio se configuran
distintos sistemas de género que pueden favorecer o restringir las
dinámicas de inclusión de las mujeres, por ello no podemos referirnos a
un colectivo de mujeres en abstracto, dado que las mujeres rurales
enfrentan importantes brechas respecto a las urbanas, poniendo de
manifiesto una persistente desigualdad territorial aunada a la de género,
en donde las mujeres enfrentan grandes retos para el ejercicio de sus
derechos (MOLINA, 2018; FERNÁNDEZ ET AL., 2019; CALCAGNI
Y CORTÍNEZ, 2017).
Desde el referente metodológico, para el desarrollo de este estudio
se revisó bibliografía sobre el derecho humano al agua y el enfoque de
género. Posteriormente, a fin de generar información empírica, se realizó
trabajo de campo en la localidad rural de El Mirador, municipio de
Zautla, sierra nororiental de Puebla, en México, con el desarrollo de
entrevistas, como técnica cualitativa para la obtención de información
primaria. Para el trabajo de campo se realizaron asambleas comunitarias
para contar con el permiso de las autoridades locales, así como con el
consentimiento previo e informado de cada una de las personas
entrevistadas. Se aplicaron 33 entrevistas semiestructuradas, 21 a mujeres
y doce a hombres, las cuales contemplaron los siguientes ejes temáticos:
disponibilidad de agua, accesibilidad a las fuentes de agua, calidad del
agua, e impacto diferencial en hombres y mujeres por no contar con el
acceso al agua.
3. DISCUSIÓN
En este apartado analizamos tres dimensiones del derecho
humano al agua: accesibilidad, disponibilidad y calidad; así como la
relación entre la división sexual del trabajo y las desigualdades de género,
en la localidad rural de El Mirador, en Puebla. El Mirador cuenta con 117
habitantes, de los cuales el 44 es población masculina y el 73 femenina.
Este elevado porcentaje de mujeres en comparación con los hombres
(62%) se explica por los patrones migratorios de la zona, que ha brindado
históricamente mano de obra masculina a la capital del estado y a otros
estados de la república.
El acercamiento a la accesibilidad arroja que la comunidad tiene
solamente una fuente de abastecimiento de agua: un manantial ubicado a
alrededor de un km. de distancia y setenta metros de desnivel, cuesta
abajo. Esta ubicación de la fuente implica la necesidad de bombeo del
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agua del manantial a un tanque de almacenamiento ubicado entre dos
escuelas de la localidad, el cual, a su vez, por medio de tuberías y
gravedad, distribuye el agua a la entrada de las viviendas y cada familia se
encarga de llevar el líquido al interior de su casa, por medio de
mangueras.
El agua es accesible en las viviendas cuando el bombeo no tiene
problemas, si la bomba se quema o pasa cualquier desperfecto en el
sistema, como por ejemplo la caída de árboles en la tubería, entonces la
comunidad regresa a los tiempos del acarreo del agua desde el manantial.
Y la tarea de acarreo es casi que exclusivamente responsabilidad de las
mujeres, quienes bajan con el burro hasta el manantial y traen alrededor
de 30 a 40 litros de agua por viaje a sus viviendas. En estos periodos no
ejercen el derecho humano al agua, dado que, según la Organización
Mundial de la Salud (OMS), para su ejercicio, la fuente de agua debe
encontrarse a menos de 1,000 metros de la vivienda y el tiempo de
desplazamiento para la recogida no debe superar los treinta minutos
(SOARES, 2019).
GARCÍA DÁVILA Y VÁZQUEZ GARCÍA (2017) encontraron
en su investigación realizada en San Jerónimo Tecoatl, Oaxaca, que, para
el acarreo de agua las mujeres utilizan carretillas, burros, rebozos y
costales, concluyendo que el tiempo dedicado a dicha tarea depende del
medio que se utilice. Para analizar la disponibilidad del agua, se ha argüido
sobre la problemática para acceder al recurso hídrico desde dos
perspectivas: cantidad y continuidad. La OMS establece que la cantidad
de agua suficiente para el ejercicio del derecho humano al agua no debe
ser inferior a 50 litros por persona por día (SOARES, 2019). Es
interesante hacer notar que las personas entrevistadas no hacen referencia
a volúmenes de agua al referirse a la cantidad, sino a su interpretación
sobre si el agua alcanza o no para el desarrollo de todas las actividades en
el espacio doméstico.
Si bien el derecho humano al agua se refiere exclusivamente al uso
personal y doméstico del agua, dicha definición ha resultado restrictiva y
parcial en el desarrollo de las entrevistas, en donde la totalidad de las
personas entrevistadas han comentado sobre usos prioritarios del agua,
añadiendo a los referidos en el derecho humano al agua, usos productivos
de traspatio (regar a las plantas y dar de beber a animales).
Así, en los territorios rurales, la población no hace una separación
y priorización del uso del agua personal y doméstico con relación al
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productivo, sino ambos están articulados y se desdibujan las fronteras
cuando se necesita el agua para preparar los alimentos, pero también para
regar las hortalizas que serán cosechadas para alimentar a la familia y dar
de beber a los cerdos y gallinas que también se constituirán no sólo una
fuente de alimentación, sino una alcancía en caso de necesidad. También
están los burros, esenciales para el acarreo del agua desde el manantial, en
caso de que falte el agua en la tubería. La totalidad de las viviendas de El
Mirador cuenta con animales de traspatio, en diferentes proporciones; así
como cultiva la tierra, sembrando maíz, haba, cebolla, frijol, calabaza,
cilantro, entre otros vegetales que contribuyen a una dieta diversificada.
Con el desarrollo de las entrevistas se pudo observar que la
percepción sobre la cantidad del agua disponible de cada vivienda
depende de la capacidad de almacenado de la familia, lo que está
directamente relacionado con su poder adquisitivo. Así, hay familias que
cuentan con recursos para comprar varios tambos de mayor capacidad de
volumen de agua, mientras otras logran a duras penas unas tantas
cubetas. Y, desde luego, las familias que cuentan con mayor capacidad de
almacenado no tienen problemas severos de cantidad de agua y logran
distribuirla entre los usos reproductivo y productivo de traspatio;
mientras que las familias más empobrecidas y con menor acceso a
grandes volúmenes de almacenado, enfrentan la carencia del agua y deben
racionarla para lograr desarrollar sus actividades.
Con relación a la continuidad, debido a los elevados costos de la
energía eléctrica, relativa al bombeo del agua desde el manantial, se
acordó en asamblea que se bombearía el agua cada tercer día, tres horas,
logrando de esta manera un equilibrio precario entre la economía y el
acceso a la cantidad mínima de agua necesaria para el desarrollo de las
actividades de las viviendas. La problemática de falta de continuidad en el
suministro de agua es compartida por muchas localidades rurales de
Latinoamérica, de hecho el 95% de los sistemas de abastecimiento rurales
en la región no brinda un servicio continuo (ILAYA-AYZA et al., 2015).
Asimismo, según el Informe Benchmarking Internacional de redes de
agua y saneamiento, el 84% de las empresas de agua en los países en vías
de desarrollo no cumplen con la continuidad del servicio.
La totalidad de las personas entrevistadas no perciben tener
problemas con la calidad del agua. La OMS establece que, para el ejercicio
del derecho humano al agua en lo referente a la calidad, ésta debe estar
libre de patógenos que puedan causar enfermedades de origen hídrico
(SOARES, 2019). El referente para determinar si el agua es apta o no
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para consumo humano según personas entrevistadas de El Mirador es su
procedencia: de manantial, aunado a la ausencia de enfermedades de
origen hídrico.
En la localidad ninguna familia compra agua de garrafón, sino usa
el agua del sistema, oriunda del manantial, para todas las necesidades,
incluyendo la preparación de alimentos y beber. Estos datos contrastan
con los encontrados por otros autores, entre ellos MORALES et al.
(2020), PACHECO VEGA (2015), CARRASCO LOZANO (2015) y
FAVIEL CORTEZ et al. (2019), quienes argumentan que el agua
embotellada y la de garrafón representan las principales fuentes de agua
para beber en comunidades rurales y urbanas, debido a su percepción
acerca de la mala calidad del agua, situación que plantea repercusiones
económicas desfavorables para los hogares.
La realización de estrategias para lograr acceder al agua en
cantidad suficiente y con la regularidad necesaria implica diferentes cargas
de trabajo entre los integrantes de las unidades domésticas, dependiendo
de su posición dentro de la familia, lo que conlleva a niveles diferenciados
de responsabilidad dentro del abastecimiento familiar; así como
diferentes costos en términos de uso del tiempo. En la localidad, son las
mujeres las responsables del suministro de agua a la unidad doméstica,
debido a los roles de género, por lo tanto, quienes administran el agua al
interior de los espacios domésticos y responsables de su acarreo,
almacenamiento y racionamiento.
A pesar de su relevante labor en términos de gestión del agua,
viabilizando no sólo condiciones para la reproducción de la unidad
doméstica, sino alternativas productivas de traspatio, dichas labores son
invisibilizadas y no contabilizadas en el discurso masculino y tampoco
femenino, prevaleciendo la percepción de que las mujeres “no trabajan”,
sólo los hombres. Esta asociación de determinados usos del agua a
colectivos específicos está determinada por la división sexual del trabajo y
tiene un valor simbólico implícito, en donde, en las economías capitalistas
son más valorados los usos productivos que los hombres dan al agua, por
generar valor de cambio (SOARES, 2022).
La división sexual el trabajo, la cual determina que las mujeres
deben hacerse cargo de las actividades reproductivas, entre ellas las
relacionadas con la gestión y manejo del agua al interior del espacio
doméstico, no sólo implica una valorización diferenciada con relación a
las actividades desarrolladas por los hombres, con la invisibilización del
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quehacer femenino y su influencia negativa en la manera como las
mujeres participan en los procesos de toma de decisión comunitarios y
son percibidas dentro de ellos; sino una ampliación de la jornada laboral
de las mujeres, con la reducción de su tiempo de descanso o del tiempo
que podrían dedicarse a otras actividades.
Ello, desde luego, tiene repercusiones en el ejercicio de otros
derechos, como la educación y sitúa a las mujeres rurales en situación de
mayor desventaja con relación a las urbanas, por lo cual es imprescindible
el desarrollo de políticas públicas con enfoque de derechos, territorial y
de género, a fin de que las mujeres de las zonas rurales puedan ejercer sus
derechos en igualdad de condiciones y areducir las brechas de género
(SOUSA GUIMARAES et al., 2022).
4. CONCLUSIONES
En esta contribución analizamos los avances en el ejercicio del
derecho humano al agua desde cuatro ámbitos: accesibilidad,
disponibilidad, calidad e impacto en las condiciones de vida de las
mujeres, con el no ejercicio del derecho al agua. A pesar de que desde
2012 el derecho humano al agua está contemplado en la constitución
mexicana, en la localidad rural de El Mirador la población enfrenta
dificultades para acceder al recurso hídrico y no logra ejercer plenamente
su derecho al agua. Por lo cual se plantea que los postulados teóricos del
derecho al agua no se traducen en mecanismos prácticos que permitan el
ejercicio del derecho por las familias, permaneciendo como mera
declaración de principios.
Si bien las viviendas cuentan con el servicio de agua, el líquido no
es accesible de manera permanente y tampoco se brinda con la
disponibilidad requerida, existiendo problemas en términos de cantidad y
continuidad. Dicha problemática es enfrentada por las familias yendo
directamente al manantial para abastecerse de agua y comprando
infraestructura de almacenamiento, la cual es accesible en función del
poder adquisitivo de la familia, lo que evidencia que el acceso al agua está
mediado por la pobreza. La calidad del agua es percibida como buena, sin
embargo, no existen datos que así lo comprueben, dado que no hay
análisis del agua del manantial.
Como sociedad hemos producido una segregación socioespacial,
con accesos diferenciados a bienes y servicios, de acuerdo al lugar en que
se vive. En los territorios rurales esta segregación se hace más evidente y
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la carencia de servicios, entre ellos el agua, impacta de manera
diferenciada a hombres y mujeres. En la localidad hay una segregación de
labores por género, aunada a la falta de reconocimiento de los aportes de
las mujeres, teniendo un impacto negativo en las oportunidades de unos y
otras y, por consiguiente, generando procesos de desigualdad. Es
responsabilidad de las mujeres todas las tareas relacionadas a la gestión y
manejo del agua al interior del espacio doméstico, por lo cual el estrés por
lograr contar con los volúmenes necesarios a nivel cotidiano es padecido
y enfrentado por ellas.
De esa manera, vivir en territorios rurales y ser mujer se
constituyen en expresiones de desigualdad y, por lo tanto, restringen el
pleno ejercicio del derecho humano al agua. El gran desafío es reducir las
brechas de desigualdades sociales y territoriales, generando canales y
mecanismos para que las mujeres rurales puedan ejercer su cartera de
derechos, en especial el derecho al agua.
AGRADECIMIENTOS
Se agradece al Fondo CONACYT FORDECYT de México por
financiar el proyecto “Modelo interdisciplinario para ejercer el derecho
humano al agua y al saneamiento en zonas rurales marginadas de
México”.
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138 Denise Soares et al.
Opción, Año 38, Especial No.29 (2022): 125-138
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
BIODATA DE AUTORES
Denise Soares. Mexicana, doctora en antropología por la Universidad
Nacional Autónoma de México (UNAM), investigadora del Instituto
Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), área de participación social.
Entre sus líneas de investigación se encuentran los derechos humanos al
agua y al saneamiento, riesgos de desastres y enfoque de género en la
gestión hídrica. Correo electrónico: denisefsoares@yahoo.com.mx.
Publicaciones recientes: Soares, Denise (2022). Territorio, género y
derechos. El agua y el saneamiento en debate. Perfiles Latinoamericanos
FLACSO, vol. 30, núm. 59. Soares, Denise (2021). Ecología política y
gestión del agua en territorios rurales. Caso El Mirador, México. Regions
& Cohesion, vol. 11, núm.2, 80-101.
Ofelia Andrea Valdés-Rodríguez. Doctora en Ecología Tropical por la
Universidad Veracruzana. Actualmente se desempeña como profesora
investigadora de la Academia en Desarrollo Regional Sustentable de El
Colegio de Veracruz. Sus líneas de investigación comprenden los
agroecosistemas tropicales y subtropicales, la climatología aplicada a los
agroecosistemas y a los desastres por fenómenos hidrometeorológicos,
así como el análisis de desastres y sus consecuencias en la población.
UNIVERSIDAD
DEL ZULIA
Revista de Ciencias Humanas y Sociales
Año 38, Especial N° 29 (2022)
Esta revista fue editada en formato digital por el personal de la Oficina de
Publicaciones Científicas de la Facultad Experimental de Ciencias, Universidad del
Zulia. Maracaibo - Venezuela
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