
Año 12 - Vol. 23 / Issn:2244-8764
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a mediados de los años 60 se dio La Carta de Venecia
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en el marco del II Congreso Internacional de Arquitectos
y Técnicos de Monumentos Históricos, celebrado en Ve-
necia, Italia. En un contexto de posguerra donde muchos
monumentos históricos se encontraban en peligro de
desaparición debido a la industrialización, el crecimiento
urbano y los conictos bélicos, la Carta buscaba estable-
cer principios y directrices para la conservación y restau-
ración de estos bienes culturales.
De igual manera la Carta del Restauro
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mucho an-
tes que la Carta de Venecia ya planteaban para 1931 en
una serie de documentos internacionales los principios
y normas para la conservación y restauración de bienes
culturales, redactada por el Comité Internacional de Mo-
numentos Históricos y Artísticos (ICOMOS). Esta carta se
centró principalmente en la conservación de monumentos
arquitectónicos, y estableció principios como la reversibi-
lidad de las intervenciones y el respeto a la autenticidad
de los monumentos. Posteriormente En 1972, se redactó
la Carta de Roma, que amplió los principios de la Carta
de Atenas a todo tipo de bienes culturales, incluyendo
obras de arte, objetos arqueológicos y sitios arqueológi-
cos en este sentido La Carta de Roma
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también puso un
mayor énfasis en la importancia de la investigación y la
documentación en la restauración.
Siguiendo estas normativas internacionales, cada
estado desde sus intereses, emite sus declaratorias al
patrimonio construido según sea la valoración física, es-
tética y cuando aún mantenga su función, sin embargo,
no todo el tejido urbano es susceptible de ser declarado,
puesto que el desarrollo puede descartar entre construc-
ciones, edicaciones y si nalmente alguno de estos pue-
de ser arquitectura, para lo cual existen parámetros de
evaluación de arquitectura y categorías estéticas, ya pre-
viamente estudiadas por un equipo interdisciplinar que
determinara si es necesaria o no la declaratoria.
El patrimonio cultural edicado forma parte del pa-
trimonio cultural tangible de una sociedad, compuesta
por arquitectura y arte, ingeniería, tecnología entre otros
valores determinado por lo histórico, cultural, estético,
cientíco o social. Declarar los bienes culturales como
patrimonio brinda al bien la protección legal y permite que
el Estado intervenga en su conservación.
CRITERIOS PARA VALORAR EL PATRIMONIO CONS-
TRUIDO, ARTE Y ARQUITECTURA
Los criterios asumidos para contemplar el valor
patrimonial de una edicación acuerdan revisar la Au-
tenticidad, Estado de conservación, Valor histórico, Valor
cultural, Valor estético, Valor cientíco, Valor social, cada
uno de los cuales evaluados por el especialista en el área
correspondiente. Permite conocer el valor de estos bie-
nes culturales para la sociedad, de esta manera la de-
claratoria permite tomar decisiones informadas sobre su
conservación y gestión, busca sensibilizar a la sociedad
sobre la importancia del patrimonio cultural edicado y
permite promover el disfrute y la apreciación del bien.
Por último, la adecuada atención del patrimonio
cultural edicado desde las instituciones, sumará al valor
de la cultura, la integración social y la identidad nacional.
Estudiar la relación entre el arte y la arquitectura es com-
pleja y seguirá siendo tema de debate, el arte y la arqui-
tectura son dos formas de expresión completamente hu-
mana, ambas, crean experiencias estéticas signicativas
para a identidad nacional.
El patrimonio cultural edicado constituye un com-
ponente fundamental de la identidad cultural de una so-
ciedad, este legado tangible, conformado por edicios,
monumentos y sitios históricos, reeja la evolución de las
civilizaciones, sus valores y tradiciones, la protección y
conservación de este patrimonio es una responsabilidad
compartida por gobiernos, instituciones y la sociedad en
general, en este contexto, la declaratoria de un bien como
patrimonio cultural edicado implica su reconocimiento
ocial como un elemento de valor excepcional que mere-
ce ser protegido, esta declaratoria conlleva una serie de
obligaciones y compromisos para garantizar su preser-
vación y transmisión a las generaciones futuras y su di-
mensión estética- funcional, juega un papel fundamental
como testigo del patrimonio cultural edicado, espacios
que albergan y transmiten valores históricos, culturales y
estéticos.
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Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS).
(1964). Carta de Venecia. https://www.icomos.org/images/DO-
CUMENTS/Charters/venice_sp.pdf
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ICOMOS. (1972). Carta del Restauro. [https://www.icomos.org/
images/DOCUMENTS/Charters/venice_sp.pdf]
11
Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS).
(2000). Carta de Roma sobre la conservación y valorización de
los paisajes culturales. [https://www.icomos.org/images/DOCU-
MENTS/Charters/culturalroutes_sp.pdf]
Vale, C. (2024)
Espacio Construido: Arte y Arquitectura Testi-
gos Del Patrimonio Cultural Edicado Con Declaratoria.