Universidad del Zulia (LUZ)
Revista Venezolana de Gerencia (RVG)
Año 29 No. Especial 11, 2024, 200-221
enero-junio
ISSN 1315-9984 / e-ISSN 2477-9423
Como citar: Almanza, K., Quintero, M., Cadena, L.
M. (2024). Políticas de regularización de migrantes en Colombia: Avances para
la Integración. Revista Venezolana De Gerencia, 29(Especial 11), 200-221. https://doi.org/10.52080/rvgluz.29.e11.12
Políticas de regularización de migrantes en Colombia: avances para la
integración
Almanza Vides, Karen*
Quintero Ramos, Meudis**
Cadena Martínez, Laura Milena***
Resumen
Colombia se
convierte en el cuarto país de las Américas con mayor recepción de migrantes,
después de Estados Unidos, Canadá y Argentina. Este trabajo tiene como objetivo
describir las políticas de regularización para migrantes venezolanos diseñadas
e implementadas por parte del gobierno Colombiano. La metodología consistió en
el análisis y sistematización de la normativa legal emitida e implementada por
el Estado colombiano para la regularización de los migrantes venezolanos en
Colombia, para avanzar en su integración en la sociedad. Los resultados dan
cuenta de la formulación e implementación de una serie de políticas públicas
bajo la figura de permisos de permanencia o de protección, los cuales están
orientados a la regularización de los migrantes venezolanos. Se concluye que
estas políticas evidencian la intención del gobierno de regularizar a la
población migrante para integrarlos a la sociedad colombiana; sin embargo, no
están exentos de sortear dificultades que no están bajo su gobernabilidad.
Palabras clave: Políticas públicas; regularización; migrantes;
integración.
Recibido: 21.02.24 Aceptado:06.05.24
* Doctora en
Ciencias Políticas, Universidad Rafael Belloso Chacín, Venezuela. Magister en
Finanzas, universidad de Murcia, España, Especialista en Migraciones
Internacionales, El Colegios de la Frontera Norte- COLEF-, México. Economista,
universidad Libre, Colombia. Docente tiempo completo Universidad de La Guajira,
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, programa de Negocios
Internacionales, grupo de investigación Pangea. Kalamanzav@unigujira.edu.co. ORCID: 0000-0002-6385-7947.
** Doctora en
Ciencias mención gerencia, Universidad Rafael Belloso Chacín - Venezuela.
Especialista en gestión empresarial, Universidad Politécnica de España -
España. Especialista en gerencia de mercadeo, Universidad de Santander-
Colombia. Administradora financiera y de sistemas, Universidad De Santander -
Colombia. Docente de Tiempo Completo de la Universidad de La Guajira, Facultad
de Ciencias Económicas y Administrativas, Programa de Negocios Internacionales,
Grupo de Investigación Pangea. mquinteror@uniguajira.edu.co . ORCID: 0000-0001-9810-6214.
*** Magister Gerencia de Mercadeo, Universidad Rafael Belloso Chacín - Venezuela. Especialista en Marketing Digital, Fundación Universitaria UNIR - Colombia. Administrador de Empresas, Fundación Universitaria San Martin - Colombia Docente de Planta, Facultad Ciencias Económicas y Administrativas, Programa Negocios internacionales, Grupo de Investigación Emprendedores. lauracadenas@uniguajira.edu.co ORCID: 0000-0003-0417-6081.
Migrant Regularization Policies in Colombia: Advances in Integration
Abstract
Colombia is the fourth country in the Americas with the largest number of migrants, after the United States, Canada, and Argentina. This paper analyzes public policies for regularizing Venezuelan migrants and their progress toward integration. The methodology consisted of the analysis and systematization of the legal regulations issued and implemented by the Colombian State for the regularization of Venezuelan migrants in Colombia, to advance their integration into society. The results show the formulation and implementation of a series of public policies under the figure of permanence or protection permits, which are oriented to the regularization of migrants. It is concluded that these policies are evidence of the government’s intention to regularize the migrant population to integrate them into Colombian society; however, they are not exempt from facing difficulties that are not under its governance.
Keywords: Public policies; regularization; migrants; integration.
1. Introducción
Según el informe más reciente sobre migraciones globales, 281 millones de
personas (equivalentes al 3.6% de la población mundial) han dejado su país de
origen para establecerse en otros lugares, lo cual demuestra que la mayoría de
la gente sigue eligiendo permanecer en su tierra natal en términos de movilidad
humana (OIM, 2022; ACNUR, 2022). Actualmente, más de 100 millones de individuos
han sido forzados a abandonar sus hogares, haciendo de la migración y el
desplazamiento forzado fenómenos que han causado un incremento notable en las crisis
humanitarias globales, con cifras que han escalado rápidamente en la última
década. (Banco Mundial, 2023).
En términos generales, en América Latina las dinámicas migratorias están
intrínsecamente ligadas a la historia y la situación contemporánea de cada
país, la movilidad en el continente ha aumentado en las últimas décadas. Los
flujos migratorios intrarregionales incluyen a personas que se trasladan en
busca de mejores oportunidades laborales y educativas en países vecinos,
ejemplos recientes incluyen la migración de venezolanos a Colombia, Perú y
otros países sudamericanos debido a la crisis económica y política del país lo
que refleja la existencia de las llamadas migraciones Sur-Sur, cuyas aristas han obligado a los diferentes Estados de la región a formular
políticas públicas para atender algunos o varios de los procesos de emigración,
inmigración, retorno y tránsito de migrantes (Muñoz, 2016).
En el continente de América Latina, la migración ha tenido un impacto
significativo en las economías receptoras; dado que los migrantes contribuyen a
la economía a través de su trabajo y consumo, y por las remesas enviadas por
los migrantes a sus países de origen son una fuente crucial de ingresos para
muchas familias y economías nacionales. Los migrantes representan una fuente de
capital humano que ayuda a enfrentar la escasez de trabajadores en ciertos
sectores de la economía. Además, su inversión y consumo impulsan la demanda
agregada y, por lo tanto, el crecimiento del PIB. Asimismo, al pagar impuestos,
directos como indirectos, los migrantes contribuyen a mejorar la balanza fiscal
de sus países de acogida. (OECD/ILO, 2018; OIT & PNUD, 2021).
Ahora bien, es cierto que la migración es un problema que amerita de
lineamientos estratégicos para poder avanzar, no deja de ser menos cierto, la
ausencia de elementos para identificar una teoría única y convincente que
explique cómo los Estados y sus gobiernos responden a la migración. Sin
embargo, siguiendo los planteamientos de Mármora (2002), las políticas
migratorias son las respuestas del Estado a la problemática migratoria,
producto del movimiento masivo de personas a través de sus fronteras y de la
percepción que tienen las sociedades que experimentan con mayor intensidad
dicho movimiento.
Esta situación ha sido particularmente evidente en las últimas décadas
debido a “la falta de respuestas políticas–sociales adecuadas de los gobiernos
frente a las migraciones”, situación que “las está volviendo más visibles y
preocupantes” (Mármora, 2002:49). Sostiene Mármora que estas políticas deberían
apuntar a alcanzar una gobernabilidad migratoria que supere “el alarmismo y la
improvisación” (Mármora, 2002: 50–52), por lo que la política migratoria
debería ser la suma de las decisiones que toma el Estado para controlar su
territorio e identificar a todas las personas que entran, transitan o salen de
él.
Estas políticas determinan cómo se controlan y regulan las entradas y
salidas de personas, la integración de los migrantes en la sociedad de acogida,
y la protección de sus derechos. La política migratoria abarca aspectos
económicos, sociales, culturales, y de seguridad, y busca equilibrar las
necesidades y prioridades del país receptor con los derechos y necesidades de
los migrantes (Castles, 2000; Castles & Miller, 2009;
IOM, 2020).
La política Migratoria está conformada por una serie de fases; entre las
que destacan:
a) Fase de Formulación: En esta etapa se realiza la identificación de las
necesidades nacionales para establecer objetivos claros. Se involucra a
diversas partes interesadas, incluyendo autoridades gubernamentales, ONG, y
comunidades migrantes. Se recopila y analizan los datos sobre flujos
migratorios, perfiles de migrantes, e impactos económicos y sociales.
b) Fase de Implementación: En esta etapa se da el desarrollo de leyes y
regulaciones que faciliten la gestión de la migración, se crean organismos y sistemas
para la gestión de la migración, y se provee de los recursos financieros y
humanos necesarios para implementar las políticas.
Es de resaltar que ambas fases, tanto de formulación como de implementación
de la política migratoria, dan cuenta de: 1) El Marco normativo que conforma la
legislación nacional, mediante leyes específicas que regulan la entrada,
estancia, y salida de migrantes; 2) Los acuerdos internacionales, concretados
en convenios y tratados suscritos por el país en materia de migración; 3)
Instituciones y Organismos gubernamentales, como los Ministerios y agencias
encargadas de la gestión migratoria; y la colaboración con entidades como la
OIM y ACNUR; 4) Los programas de regularización, conformados por las
iniciativas para documentar y regularizar a migrantes irregulares; y los
servicios de integración, mediante programas de educación, salud, y empleo para
migrantes; 5) Mecanismos de Control y Seguridad para abordar los aspectos de
seguridad nacional relacionados con la migración; 6) Y la Protección de
Derechos Humanos, para asegurar que los derechos humanos de los migrantes sean
respetados; y proveer asistencia humanitaria y apoyo legal a los migrantes
vulnerables (Portes & DeWind, 2007; IOM, 2019; United Nations High
Commissioner for Refugees [UNHCR], 2020). 7) La implementación de sistemas de
control en fronteras para gestionar entradas y salidas de migrantes; 8) Se da
el proceso de regularización y documentación, a partir el cual se proporciona
la documentación y los permisos necesarios a los migrantes; 9) Asimismo, se
gesta el desarrollo de programas para la integración de migrantes en el mercado
laboral y la sociedad.
d) Fase de Evaluación y Ajuste, mediante la cual se mide la efectividad de
las políticas implementadas y su impacto; y de ser necesario se realiza una
revisión y ajuste, para modificar la política y las estrategias basándose en
los resultados de las evaluaciones y en el contexto cambiante (IOM, 2019).
Al entender estas fases, se puede apreciar mejor cómo se desarrolla la política
migratoria en Colombia y su evolución a lo largo del tiempo. Esto llevó a
explorar la contextualización histórica de las dinámicas migratorias, desde lo
global hasta lo local, donde se observan los cambios en las actitudes y
políticas frente a la creciente migración venezolana y cómo estos factores han
moldeado el panorama actual, especialmente en Colombia. Es por ello, que este
trabajo tiene como objetivo general describir las políticas de regularización
para Migrantes venezolanos diseñadas e implementadas por parte del gobierno
colombiano, ello con el propósito de identificar los avances que enfrenta el
Estado para lograr la integración de esta población en la vida productiva del
país.
Para ello se desarrolla una investigación cualitativa con una metodología
basada en el análisis y sistematización de la normativa legal emitida e
implementada por el Estado colombiano para la regularización de los migrantes
venezolanos en Colombia, y lograr, así avanzar en su integración en la
sociedad. Las normativas que han regulado la migración en Colombia han sido
varias; pero dos han sido clave y esenciales, uno es el Permiso Especial de
Permanencia (PEP) el cual en Colombia reflejan las acciones de dos
administraciones: la de Juan Manuel Santos (07/08/2014 al 07/07/2018) y la de
Iván Duque 07/08/2018 al 07/07/2022). Bajo el gobierno de Santos, se estableció
la primera medida significativa con la Resolución 5797 de 2017, que marcó el
inicio de la regularización de migrantes venezolanos en Colombia.
Posteriormente, durante el gobierno de Duque, se emitieron diversas
normativas que ampliaron y ajustaron el marco regulatorio del Permiso Especial
de Permanencia (PEP) y la aprobación del Permiso por Protección Temporal (PPT),
demostrando un esfuerzo continuado para abordar la crisis migratoria venezolana
con un enfoque humanitario y adaptativo. Actualmente,el gobierno de Gustavo
Petro ha dado continuidad al PPT como política migratoria para regular a los
migrantes venezolanos, a pesar de haber restituido relaciones con el gobierno
venezolano.
2. Contextualización de las dinámicas migratorias
La migración ha sido parte de la experiencia humana a lo largo de la
historia, y se reconoce que es una fuente de prosperidad, innovación y
desarrollo sostenible en el mundo globalizado, y que estos impactos positivos
pueden optimizarse mejorando la gobernanza migratoria. La mayoría de los
migrantes de todo el mundo hoy viajan, viven y trabajan bajo realidades
opuestas, unos de una manera segura, ordenada y regular y otros de manera insegura,
desordenada e irregular. No obstante, la migración afecta innegablemente a
nuestros países, comunidades, migrantes y sus familias de maneras muy
diferentes y a veces impredecibles (ONU, 2018).
La migración en el continente americano se remonta a la prehistoria, cuando
los primeros seres humanos cruzaron el estrecho de Bering desde Asia hacia
América. Estos primeros migrantes se desplazaron hacia el sur y eventualmente
poblaron diversas regiones del continente, incluyendo lo que hoy es Colombia. Estas
migraciones tempranas dieron origen a las variadas culturas indígenas que
habitaron la región antes de la llegada de los europeos, como los Muiscas,
Tayronas y Quimbayas (Uribe, 2007).
En el siglo XVI, con la llegada de los conquistadores españoles, comenzó un
nuevo y dramático capítulo en la historia migratoria de Colombia. Los
españoles, liderados por figuras como Gonzalo Jiménez de Quesada1, colonizaron el territorio, estableciendo nuevas ciudades y trayendo
consigo no solo soldados y colonos europeos, sino también un gran número de
esclavos africanos. Esta mezcla de europeos, indígenas y africanos formó la
base de la población colombiana actual (Cárdenas, 2016).
Tras la independencia de Colombia en 1819, el país comenzó a experimentar
nuevas formas de migración. Durante el siglo XIX, el país vio la llegada de
migrantes europeos, particularmente alemanes e italianos, que se establecieron
en diversas regiones, impulsando el desarrollo económico y cultural. Sin
embargo, este período también estuvo marcado por la migración interna debido a
conflictos como las guerras civiles, que desplazaron a muchas personas dentro
del país (Uribe, 2007).
El siglo XX trajo consigo significativos movimientos migratorios internos
en Colombia, principalmente del campo a la ciudad. La urbanización rápida fue
impulsada por factores económicos, como la búsqueda de empleo en las ciudades,
y por conflictos armados, que forzaron a millones de colombianos a abandonar
sus hogares rurales en busca de seguridad. La violencia de las guerrillas, los
paramilitares y el narcotráfico exacerbó estos desplazamientos internos,
convirtiendo a Colombia en uno de los países con el mayor número de desplazados
internos del mundo (Castles, 2000).
Colombia también experimentó flujos migratorios hacia el exterior, ya que
durante las décadas de 1980 y 1990, muchos colombianos emigraron a países como
Estados Unidos, España y Venezuela, buscando escapar de la violencia y las
dificultades económicas. La diáspora colombiana contribuyó significativamente a
la economía a través de las remesas enviadas a sus familias en Colombia
(Castles, 2000).
Es importante destacar que, de acuerdo con la DANE - GEIH (2021), entre
2014 y 2020 se ha dado un incremento constante en el número de migrantes
provenientes de Venezuela. La tasa de variación anual promedio de esta
población fue del 80,6%, registrando el mayor aumento entre 2017 y 2018, y la
variación alcanzó el 167,5%. Así, para el año 2020, el total de migrantes
venezolanos llegó aproximadamente a 2,26 millones de personas (DANE - GEIH,
2021).
Los migrantes de Venezuela muestra una distribución constante en el tiempo
según sexo: entre 2014 y 2020 las mujeres han representado en promedio el 49,7%
de esta población. En 2020, del total de migrantes de Venezuela, el 50,2% son
mujeres (1,13 millones de personas) y 49,8% son hombres (1,12 millones de
personas) (DANE - GEIH, 2021).
Sin embargo, para el 2023 la distribución de migrantes por género muestra
una leve predominancia masculina, ya que el 51.4% son hombre, y el 48.6% son
mujeres, (siendo aproximadamente 1.842.390 millones de personas) tal como se
refleja en el Gráfico 1.
Gráfico 1
Distribución por género de migrantes Venezolanos
en Colombia
Las mujeres representan cerca de la mitad de las personas que provienen de
Venezuela. Según la OIT, 2018), la población femenina en promedio, “…tienen
niveles educativos superiores a los hombres; (y) también cuentan con
experiencia laboral. Se estima que más del 70% trabajaba antes de migrar y, de
ellas, aproximadamente un 57% tenía trabajo formal, en proporción similar a
hombres, mientras que el 16% estaba desempleada y el 9% de los hombres lo
estaba” (OIM, 2018). Esta distribución evidencia que tanto hombres como mujeres
están migrando en grandes números, lo cual es importante para diseñar políticas
inclusivas que consideren las necesidades de ambos géneros, desde la seguridad
laboral hasta el acceso a servicios de salud y educación.
Según el estudio de la OIT (2018: 25), las mujeres venezolanas que han
emigrado asumen una carga mayor en el cuidado de la familia comparado con su
situación antes de migrar, y lo hacen en mayor medida que los hombres. Esta
disparidad se amplía en los lugares de destino debido a las dificultades para
escolarizar a los niños pequeños, la falta de servicios de cuidado, la ausencia
de redes de apoyo, y la escasez de recursos que les impide contratar ayuda
doméstica, lo que lleva a que las mujeres se encarguen desproporcionadamente de
las responsabilidades familiares.
Hay una desagregación por edad que revela una población predominantemente
joven, con implicaciones significativas para el mercado laboral, los sistemas
educativos y los servicios sociales, dónde entre Niños y Adolescentes de 0 a 17
años, para el 2023 son aproximadamente 525.092 personas, lo que representan el
28.5% (DANE, 2023). Esta franja etaria requiere una atención especial en
términos de acceso a la educación y protección infantil que garantice sus
derechos. Las políticas deben enfocarse en asegurar que estos menores tengan
acceso a la educación y a servicios básicos que garanticen su bienestar y
desarrollo.
La población de adultos jóvenes entre las edades de los 18 y 34 años
alcanza aproximadamente a 707.769 personas, lo que representa el 38.4%. Esta
población se caracteriza por contar con menos estudios y poca experiencia
laboral; es decir, estos migrantes son personas que salen del país en
condiciones de mayor vulnerabilidad y con una experiencia laboral más reducida
(DANE, 2023). Este grupo es crucial para la economía de Colombia, ya que
representa una parte significativa de la fuerza laboral, por lo que las
estrategias de integración laboral y capacitación deben ser prioritarias para
aprovechar el potencial productivo de estos migrantes.
En cuanto a los adultos mayores en edades de 35 a 64 años, alcanza
aproximadamente a un total de 521.616 personas, lo que representa el 28.3%.
Esta población también constituye una parte importante de la fuerza laboral y
pueden tener dependientes (DANE, 2023). Las políticas deben considerar
programas de revalidación de títulos y certificaciones, así como oportunidades
de empleo acorde a sus habilidades y experiencias.
Asimismo, se tiene un grupo de personas de 65 años y más, los cuales son
aproximadamente 88.413 personas, lo que representa el 4.8% de la población
(DANE, 2023). Aunque es el grupo menos numeroso, los migrantes mayores de 65
años pueden enfrentar desafíos únicos relacionados con la salud, el acceso a
pensiones y otros beneficios sociales. Es esencial garantizar que este grupo
tenga acceso a cuidados médicos adecuados y apoyo social (Gráfico 2).
Gráfico 2
Distribución de migrantes venezolanos en Colombia
por edad
Los datos de la migración venezolana a Colombia revelan una población
diversa en términos de género y edad, con una considerable proporción de niños
y jóvenes, esto presenta tanto desafíos como oportunidades para Colombia, en
varios temas, pero esencialmente en materia de educación y protección infantil,
ya que se requiere de políticas que aseguren el acceso a la educación y la
protección de los menores migrantes.
Por otro lado, la integración laboral es crucial para crear oportunidades
de empleo y programas de capacitación para los adultos jóvenes y mayores,
facilitando su integración económica. Y en cuanto a salud y bienestar social,
los sistemas de salud deben estar preparados para atender a una población
diversa con diferentes necesidades, incluyendo la provisión de cuidados para los
adultos mayores.
Para dar respuesta a los desafíos que impone la migración venezolana, el
gobierno ha emprendido una serie de políticas públicas que buscan garantizar
los derechos de los migrantes venezolanos y su regularización en territorio
colombiano.
3. Políticas migratorias para regularizar el flujo de migrantes venezolanos
El gobierno de Colombia ha venido regularizando a la población venezolana
desde 2017, cuando se implementaron las primeras medidas significativas para
abordar la crisis migratoria venezolana. Al respecto, la Constitución de 1991
ha establecido una base legal sólida para la protección de los derechos humanos
y la integración de los migrantes, asegurando que todos los residentes,
incluidos los extranjeros, tengan acceso a derechos fundamentales.
En este sentido, en el Art. 13, se alude a la garantía de la igualdad y la
no discriminación, asegurando que todas las personas, incluidas las migrantes,
tengan los mismos derechos y oportunidades. En esta orientación, el Art. 100,
establece los derechos civiles que tienen los extranjeros en Colombia,
garantizando que se les respeten los derechos humanos reconocidos en la
Constitución. El Art. 93, integra los tratados internacionales de derechos
humanos en la legislación colombiana, protegiendo así a los migrantes según
estándares internacionales (Constitución Política de Colombia, 1991).
Estos artículos consagrados en la Constitución, subrayan el compromiso de
Colombia con la igualdad, la protección de los derechos humanos y la inclusión
de los extranjeros en su territorio, alineándose con principios internacionales
y garantizando una base jurídica para la gestión migratoria. Sin embargo, otro
compendio de normativas compuesto por diversas resoluciones aborda distintos
aspectos de la gestión migratoria. Las principales resoluciones son:
3.1. Permiso Especial de Permanencia (PEP)
Uno de los primeros pasos importantes en materia de regulación migratoria
en Colombia fue la introducción del Permiso Especial de Permanencia (PEP),
aprobado mediante la Resolución 5797 del 25 de julio de 2017, esta medida se
tomó en respuesta al creciente flujo migratorio desde Venezuela hacia Colombia.
Desde entonces, Colombia ha continuado desarrollando y ajustando sus políticas
migratorias para gestionar la afluencia de migrantes venezolanos, con esta
medida se buscó regularizar a un mayor número de migrantes y proporcionarles
más estabilidad y derechos en el país. Este permiso marcó un punto de inflexión
en la política migratoria de Colombia hacia los migrantes venezolanos,
permitiendo por primera vez que un gran número de venezolanos pudieran obtener
un estatus legal temporal en el país.
Esta política de regularización se vio como una respuesta humanitaria a la
creciente crisis migratoria derivada de la situación política y económica en
Venezuela, y representó un esfuerzo significativo por parte del gobierno
colombiano para gestionar los flujos migratorios de manera ordenada y con un
enfoque en los derechos humanos. Con este permiso los venezolanos podían estar
de manera regular en el país por periodos prorrogables de 90 días, pero sin que
llegara a exceder los dos años, posterior a ese periodo los migrantes estaban
en la obligatoriedad de solicitar una visa (Resolución 5797 de 2017).
Hay que destacar que, en primera instancia, el PEP fue otorgado a
ciudadanos venezolanos que hubiesen ingresado al territorio colombiano de
manera regular a través de los puntos de control migratorio autorizados hasta
una fecha determinada por la resolución. Los solicitantes debían estar en
posesión de un pasaporte vigente o documento de identidad equivalente
reconocido por las autoridades colombianas, y no debían tener antecedentes
penales ni judiciales en Colombia y/o Venezuela (Resolución 5797 de 2017).
El Decreto 1238 de 20182 fue emitido por el Gobierno de Colombia
con el fin de establecer medidas adicionales para la regularización de
ciudadanos venezolanos en el país. Esta normativa complementaba y reforzaba el
marco legal existente para gestionar el flujo migratorio desde Venezuela, que
había ido aumentando significativamente. El decreto buscó extender la cobertura
del Permiso Especial de Permanencia (PEP) a un mayor número de ciudadanos
venezolanos, permitiéndoles regularizar su situación migratoria en Colombia.
Abarcó a los ciudadanos venezolanos que hubiesen ingresado al país antes del 17
de diciembre de 2018. Este fue un paso importante para ampliar la base de
migrantes que pueden beneficiarse de la regularización (Decreto 1238 de 2018).
Los solicitantes del PEP debían haber ingresado a Colombia de manera
regular; es decir, con los controles migratorios debidamente cumplidos. Los
solicitantes no podían tener antecedentes penales en Colombia ni en Venezuela,
garantizando así que quienes obtenían el PEP cumplían con los requisitos de seguridad
establecidos por el gobierno (Decreto 1238 de 2018).
El PEP se otorgó por un período inicial de 2 años, y ofreció una
estabilidad temporal a los migrantes mientras encontraban soluciones más
permanentes. Existió la posibilidad de renovar el permiso, sujeto a la
evaluación de las circunstancias y al cumplimiento de los requisitos
establecidos por las autoridades migratorias colombianas. Los titulares del PEP
tenían derecho a trabajar formalmente y acceder a servicios esenciales. Los
beneficiarios debían cumplir con las leyes y regulaciones colombianas,
manteniendo una conducta adecuada que respalde su permanencia en el país
(Decreto 1238 de 2018).
El Decreto 1238 de 2018 represento un esfuerzo significativo del gobierno
colombiano para abordar la crisis migratoria venezolana con un enfoque
humanitario y estructurado. Al ampliar y regularizar el PEP, Colombia demuestro
su compromiso con la protección de los derechos de los migrantes y su
integración en la sociedad.
Luego, en el 2019, se aprueba la Resolución 1272, con la cual se amplían y
modifican los criterios y condiciones establecidos inicialmente, facilitando el
acceso al PEP a un mayor número de migrantes venezolanos. Según el Art. 1 de la
resolución, los ciudadanos venezolanos que cumplían con los requisitos del
artículo 1 de la Resolución 5797 de 2017 del Ministerio de Relaciones
Exteriores y se encontraban en Colombia hasta el 29 de noviembre de 2019,
podían solicitar el Permiso Especial de Permanencia (PEP). Según el parágrafo,
el plazo para solicitar el PEP fue de cuatro meses a partir de la publicación
de la Resolución. Y el Art 2: estableció que los procedimientos y requisitos
para acceder y utilizar el PEP, establecidos en la Resolución 1272 del 28 de
julio de 2017, seguían vigentes (Resolución 1272 de 2017).
Por otra parte, se aprueba la Resolución 0240 de 2020, cuyo objetivo fue prorrogar
la vigencia del PEP y establecer nuevas condiciones para su expedición.
Asimismo, se establecieron nuevos periodos de vigencia y condiciones bajo las
cuales los ciudadanos venezolanos podían renovar su PEP. También abordó los
aspectos administrativos para la gestión de estos permisos.
En el mismo 2020, se aprueba la Resolución 2357, cuyo objetivo estuvo
orientado a ajustar y actualizar las condiciones para la expedición del PEP. Y
se introdujeron ajustes a las normas previas, considerando el contexto
cambiante de la crisis migratoria venezolana y las necesidades emergentes de
los migrantes. Vale resaltar, que para el 2020, solo 216.285 portadores del PEP
estaban registrados en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) del Sistema
General de Seguridad Social en Salud, lo que representaba apenas el 32.7% del
total (PNUD, 2020).
Sin embargo, la cobertura del sistema de protección social a los
venezolanos regularizados siguió siendo baja. Esta medida buscaba ofrecer una
solución temporal para aquellos migrantes que no tenían la posibilidad de
regularizar su estatus mediante otras formas de visa o permisos de residencia.
Este permiso facilitó la inclusión de miles de migrantes en la sociedad
colombiana, permitiéndoles acceder a servicios esenciales y contribuir a la
economía del país; sin embargo, presentó desventajas y generó gran impacto para
los migrantes venezolanos.
Las normativas que han regulado el Permiso Especial de Permanencia (PEP) en
Colombia han demostrado el esfuerzo del gobierno colombiano para abordar la
crisis migratoria venezolana con un enfoque humanitario y estructurado. A
continuación, se presenta un cuadro comparativo que detalla los retos e impacto
que tuvo este permiso (cuadro 1).
Cuadro 1
Retos e impacto del PEP
Retos |
Descripción |
Desventajas |
Impacto |
Temporalidad del permiso |
Documento con vigencia limitada, generalmente de
uno a 2 años, requiriendo renovaciones periódicas |
Incertidumbre sobre el futuro legal de los
migrantes |
Afectaba la capacidad de los migrantes para
establecerse y planificar a largo plazo en Colombia |
Acceso a servicios sociales |
Permitía el acceso a algunos servicios básicos,
pero con restricciones significativas en programas sociales y subsidios, |
Dificultades para recibir apoyo en salud,
educación, vivienda y asistencia financiera |
Limitaba el bienestar y desarrollo de los
migrantes |
Participación política |
Los titulares del PEP no tenían derechos
políticos |
incapacidad para votar y ocupar cargos públicos |
Migrantes sin voz en decisiones que afectan sus
vidas, reduciendo su influencia en políticas públicas |
Educación superior |
Migrantes enfrentaban obstáculos para acceder a
la educación superior, incluyendo costos elevados |
Procesos de inscripción complicados y costos de
matrícula elevados |
Restricciones en desarrollo académico y
profesional, afectando a la integración socioeconómica |
Mercado laboral |
Permitía trabajar legalmente, pero algunos
empleadores eran reacios a contratar migrantes |
Perjuicios y falta de información de empleadores
sobre el PEP |
Condiciones de empleo precarias, explotación
laboral y menores oportunidades económicas |
Servicio financiero |
Dificultades para acceder a servicios financieros
como aperturas de cuentas bancarias y créditos |
Limitaciones en el acceso a servicios bancarios y
financieros |
Restringía la capacidad para manejar finanzas,
ahorrar e invertir, afectando a la integración económica |
Desafíos administrativos |
Proceso de obtención y renovación del PEP en
ocasiones se tornaba complicado y burocrático |
Problemas de capacidad administrativa, burocracia
y posibles casos de corrupción. |
Retrasos y dificultades en la tramitación dejaban
a los migrantes en vulnerabilidad legal y social |
Fuente: Elaboración propia a partir del análisis de la Resolución 5797 de
2017 y la Resolución 5477 de 2022.
El Permiso Especial de Permanencia (PEP) representó un esfuerzo
significativo del gobierno colombiano para abordar y gestionar la crisis
migratoria venezolana. Este ofreció una solución inmediata y a corto plazo para
la regularización y protección de los migrantes.
3.2. Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización y
Plataforma de registro de trabajadores extranjeros
Este permiso buscó facilitar la integración socioeconómica de los
venezolanos en Colombia, para reducir la informalidad laboral entre la
población migrante; y, asegurar el acceso a derechos y beneficios laborales de
ley (Ministerio del Trabajo, 2019; Resolución 3548 de 2019, 2019; Ministerio
del Trabajo, 2019). Este permiso tuvo una vigencia inicial de dos años,
contados a partir de la fecha de expedición del documento. Los titulares del
PEPFF podían solicitar su renovación antes de la expiración del permiso,
siempre y cuando cumplieran con los requisitos establecidos para tal efecto.
Actualmente, el PEPFF, como política específica con su formato inicial, no está
en vigencia.
Pero para contar con el PEPFF, se crea mediante la Resolución 4386 de 2018,
emitida por el Ministerio del Trabajo de Colombia, la plataforma de registro de
trabajadores extranjeros (RUTEC), cuyos objetivos son mejorar la recopilación
de datos, la supervisión laboral de los trabajadores extranjeros en Colombia;
y, garantizar que las condiciones de empleo de los trabajadores extranjeros
cumplan con la normativa laboral colombiana. Así mismo, los empleadores deben
registrar a todos los trabajadores extranjeros contratados a través de la
plataforma; y, proporcionar información detallada sobre los contratos de
trabajo, las condiciones laborales y los datos personales de los trabajadores.
(Ministerio del Trabajo, 2018). Todo empleador debe hacer el registro del
personal extranjero que haya decidido contratar para la prestación de un
servicio determinado.
Esta plataforma se integra con otros sistemas de información del Estado
para facilitar la verificación de los datos y evitar duplicidades, y permite un
seguimiento más eficiente de la situación laboral de los extranjeros y su
cumplimiento con las normativas legales.
Es de resaltar que esta plataforma permite una serie de ventajas, al
brindar una información precisa y actualizada sobre trabajadores extranjeros,
facilitando la toma de decisiones informadas; permite la supervisión de las
condiciones laborales de los migrantes, asegurando que sus derechos sean
respetados y que se cumplan las normativas laborales; Promueve la formalización
del empleo para los trabajadores extranjeros, contribuyendo a una mayor
transparencia y equidad en el mercado laboral; Facilita el acceso de los
trabajadores extranjeros a beneficios laborales y sociales, mejorando su
integración en el sistema de seguridad social colombiano; y Apoya la
implementación de políticas migratorias al proporcionar datos fiables sobre la
situación laboral de los migrantes.
La Plataforma ha sido una herramienta esencial en la gestión de la
migración laboral en Colombia, contribuyendo significativamente a la
formalización del empleo, la protección de los derechos de los trabajadores
extranjeros y la mejora de la gestión de los flujos migratorios.
Su implementación ha tenido un impacto positivo tanto en la economía como
en la integración social de los migrantes, apoyando los objetivos de las
políticas migratorias y laborales del país, ya que ha generado impacto al
contribuir a la formalización del empleo de trabajadores extranjeros, lo que se
traduce en un aumento de la recaudación fiscal y una mayor contribución a la
seguridad social; Ha mejorado la integración de los trabajadores extranjeros en
la sociedad colombiana, al asegurar que se respeten sus derechos laborales y
sociales; Ha ayudado a combatir la informalidad laboral entre los migrantes,
garantizando que tengan acceso a trabajos dignos y condiciones laborales
adecuadas; ha fortalecido la capacidad del gobierno para gestionar la migración
laboral de manera más efectiva y alineada con las necesidades del país; y ha
mejorado la coordinación entre diferentes entidades gubernamentales y ha
facilitado la implementación de políticas laborales y migratorias más
coherentes y efectivas.
Con la plataforma digital para el registro y certificación de trabajadores
extranjeros en Colombia, se ha logrado que más de 43.000 personas estén
registradas en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia
(RUTEC) (Ministerio del Trabajo, 2022). Esta herramienta permite al Ministerio
del Trabajo obtener información actualizada sobre la migración laboral,
ubicaciones geográficas y sectores en los que se emplean trabajadores
extranjeros. Además, facilita la supervisión de sus condiciones laborales y
asegura el cumplimiento de la legislación laboral vigente en el país.
Aunque las regulaciones migratorias y laborales cambian frecuentemente, las
empresas deben mantenerse actualizadas para evitar sanciones legales, ya que la
falta de claridad en la documentación y el estatus migratorio de los empleados
puede complicar la contratación y retención de talento. Por ello, las empresas
deben diseñar estrategias para establecer un departamento o equipo dedicado a
la gestión de la migración y asuntos regulatorios que puedan ayudar a las
empresas a controlar estas complejidades, lo que implica trabajar estrechamente
con asesores legales para garantizar el cumplimiento de todas las regulaciones
establecidas por el gobierno colombiano.
Las empresas enfrentan el reto de la integración de una fuerza laboral
diversa, compuesta por migrantes con diferentes antecedentes culturales,
educativos y profesionales, es un desafío significativo. Los migrantes pueden
traer nuevas habilidades y perspectivas, pero también pueden enfrentar barreras
culturales que dificultan su integración, lo que implica gestionar exitosamente
esta diversidad, por lo que las empresas deben desarrollar programas de
capacitación intercultural. Además, fomentar una cultura organizacional
inclusiva que valore la diversidad que pueda mejorar la cohesión del equipo y
aumentar la productividad. (Ministerio del Trabajo, 2022).
3.3. Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos
El 1 de marzo 2021, Migración Colombia implementó, el Estatuto Temporal de
Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), para regularizar la situación de
los migrantes venezolanos, mediante el Permiso por Protección Temporal (PPT),
con el cual se proporciona un marco legal para la regularización de los
migrantes venezolanos, permitiéndoles acceder a servicios públicos y al mercado
laboral formal. Esta medida se estima que ha beneficiado a más de 2 millones de
venezolanos (Decreto 216 de 2021).
Este permiso forma parte de una política migratoria integral destinada a
proporcionar protección y acceso a servicios básicos para esta población, con
lo cual se contribuye a la integración social y económica de los migrantes
venezolanos en el país; el mismo tiene una durabilidad de diez años.
El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) puede
ser prorrogado o suspendido en cualquier momento por el Gobierno Nacional, esta
decisión puede ser tomada en virtud de la facultad discrecional que le asiste
al Presidente de la República en materia de relaciones exteriores, ya que
permite al presidente ajustar o modificar el estatuto según las circunstancias
y necesidades emergentes en el ámbito migratorio y las relaciones
internacionales de Colombia (Ministerio de Relaciones Exteriores, 2021). Esto
implica varias cosas:
1. El gobierno tiene la
autoridad para tomar decisiones en cuanto a la duración y la vigencia del
Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) sin necesidad
de seguir un procedimiento específico o esperar un evento particular. Esta
autoridad se deriva de su competencia en asuntos de relaciones exteriores y políticas
migratorias.
2. El gobierno puede decidir
extender la vigencia del ETPV más allá de su plazo inicial. Esto permitiría que
los migrantes venezolanos continúen beneficiándose de las protecciones y
derechos establecidos bajo este marco por un período adicional.
3. Por otro lado, el gobierno
también tiene la capacidad de finalizar el ETPV antes de lo previsto si
considera que las circunstancias han cambiado o por razones de política
exterior. Esto podría significar el fin de las protecciones y derechos
otorgados bajo el estatuto para los migrantes venezolanos.
4. Para los migrantes
venezolanos, esto introduce un grado de incertidumbre respecto a la estabilidad
y permanencia de sus derechos y estatus en Colombia. Dependen de las decisiones
del gobierno, que pueden cambiar en respuesta a diferentes factores políticos,
sociales o diplomáticos.
5. La decisión de prorrogar o
terminar el ETPV puede estar influenciada por el contexto político y
diplomático tanto interno como externo. Factores como cambios en el gobierno,
variaciones en la política migratoria, relaciones bilaterales con Venezuela, y
la situación de derechos humanos pueden influir en estas decisiones.
Esta disposición subraya la naturaleza temporal y flexible del ETPV,
alineando su implementación y continuidad con las necesidades y prioridades
cambiantes del Estado colombiano en el ámbito de las relaciones exteriores y la
gestión migratoria.
Este tipo de permiso pudo ser solicitado por los venezolanos que se
encontraban en Colombia de manera regular o irregular antes de enero de 2021, y
que cumplieran con los siguientes requisitos: Para estar habilitados para el
Permiso por Protección Temporal (PPT) en Colombia, los migrantes venezolanos
deben cumplir con varios requisitos. Primero, deben estar registrados en el Registro
Único de Migrantes Venezolanos (RUMV).
Además, es importante no tener antecedentes penales ni estar involucrados
en procesos administrativos, sancionatorios o judiciales, ya sea en Colombia o
en cualquier parte del mundo. Tampoco deben tener investigaciones
administrativas migratorias en curso. Es esencial que no tengan medidas de
expulsión, deportación o sanciones económicas vigentes en su contra. No han
debido haber sido condenados por delitos dolosos. Asimismo, no deben haber sido
reconocidos como refugiados ni haber obtenido asilo en otro país. Por último,
no deben tener una solicitud de protección internacional activa en otro país, a
menos que dicha solicitud haya sido denegada. (Decreto 216 de 2021).
El Permiso por Protección Temporal (PPT) también está disponible para
aquellos que se regularicen en el futuro de acuerdo con condiciones puntuales,
como los padres de niños, niñas y adolescentes que estén inscritos en el
sistema educativo y ya cuenten con el PPT, y que por diversas razones en su momento
no lograron realizar el registro. Y, por otro lado, y algo novísimo, es la
sentencia T-166 de la Sala Constitucional, mediante la cual se ha ordenado a
Migración Colombia permitir el acceso extemporáneo al Registro Único de
Migrantes Venezolanos (RUMV) para aquellos venezolanos que no cumplieron con el
plazo de registro debido a razones de fuerza mayor. Esto incluye condiciones
asociadas a discriminación histórica, como ser sobreviviente de violencia,
permitiéndoles registrarse fuera del plazo original.
Los beneficiarios del PPT tienen acceso al sistema de salud, educación, y
otros servicios públicos esenciales, lo que apunta a mejorar su calidad de
vida. Con el PPT se permite a los migrantes trabajar legalmente en Colombia,
contribuyendo de esta manera a la economía y facilitando su integración en el
mercado laboral formal, pero para quienes son profesionales y quieran ejercer
su profesión deben obligatoriamente realizar trámites de convalidación de sus
títulos universitarios ante el Ministerio de Educación (Decreto 216 de 2021).
Este tipo de permiso cuenta con el apoyo de organismos internacionales como
la ACNUR y la OIM, lo que ha fortalecido la capacidad del gobierno colombiano
para gestionar la migración; sin embargo, este permiso tiene sus desventajas y
ha generado impacto a la población migrante. Sin embargo, este permiso tiene
una serie de desventajas e impacto que ameritan ser resaltadas (cuadro 2).
Cuadro 2
Desventajas e impacto de Permiso por Protección
Temporal (PPT)
Descripción |
Desventaja |
Impacto |
Acceso limitado a programas sociales |
Restricciones en el acceso a ciertos programas
sociales y subsidios |
Limita la capacidad para recibir apoyo en áreas
críticas como vivienda, alimentación y asistencia financiera |
Restricciones en la participación política |
Incapacidad para votar en elecciones y ocupar
cargos públicos |
Migrantes no pueden participar directamente en el
proceso democrático, pero sí pueden influir en políticas que los afectan,
mediante la participación de ONG en procesos consultivos |
Limitaciones en el acceso a la educación superior |
Dificultades para acceder a la educación
superior, incluyendo mayores costos de matrícula |
Limita oportunidades de desarrollo personal y
profesional, afectando la integración plena en la sociedad |
Restricciones laborales |
Restricciones en ciertos tipos de empleo,
especialmente en sectores que requieren certificaciones profesionales,
mediante procesos de convalidación. Aunque el PPT permite trabajar legalmente,
algunos empleadores pueden ser reacios a contratar migrantes por
desconocimiento o perjuicio. |
Limita oportunidades de empleo y acceso a
trabajos formales, afectando la estabilidad económica y social. Esto puede llevar
a condiciones de empleo precarias, explotación laboral y dificultades
económicas para los migrantes y sus familias. |
Acceso restringido a servicios financieros |
Dificultades para acceder a servicios financieros
como la obtención de créditos |
Limita la capacidad para administrar finanzas,
ahorrar y realizar inversiones, afectando a la integración económica |
Violación a la identidad en entidades bancarias |
Dificultades para acceder a servicios financiero
debido a restricciones relacionadas con el derecho a la identidad |
Afecta el derecho a la identidad en algunas
entidades financieras, las cuales anteponen al número del PPT una
codificación de 3 números. |
Cobertura incompleta en salud |
Restricciones en el acceso a ciertos servicios de
salud especializados |
Afecta la salud y el bienestar general,
especialmente en casos de enfermedades crónicas o necesidades de atención
especializada o emergencias graves |
Estabilidad jurídica y temor de deportación |
Incertidumbre sobre el estatus legal futuro y la
posibilidad de deportación |
Genera estrés y ansiedad, afectando la calidad de
vida y la capacidad para planificar a largo plazo |
Discriminación y estigma |
Migrantes enfrentan discriminación y estigma en
diversos aspectos |
Afecta negativamente a la integración social y la
calidad de vida, creando barreras adicionales para la inclusión plena |
Desafíos administrativos |
La gestión administrativa del PPT puede enfrentar
problemas de capacidad y burocracia |
Los retrasos y dificultades en la tramitación y
renovación del PPT pueden dejar a los migrantes en situaciones de
vulnerabilidad legal y social. |
Fuente: Elaboración propia a partir del análisis
documento del ETPV (Decreto 216 de 2021).
A pesar de todo, el PPT es una de las políticas que demuestra el compromiso
de Colombia con la gestión humanitaria de la migración, fomentando la
integración de los migrantes venezolanos y promoviendo el desarrollo sostenible
del país. Para el 2022 Migración Colombia, resaltó que más de 1.120.000
migrantes venezolanos habían sido regularizados, de los cuales más de 102.000
venezolanos cotizaron en el Sistema General de Seguridad Social utilizando
documentos como el Permiso Especial de Permanencia (PEP) y el Permiso por
Protección Temporal (PPT), (Decreto 216 de 2021), con los cuales se ha
permitido a los venezolanos acceder a empleo formal, al Sistema General de
Seguridad Social, al sistema financiero, al sistema educativa, y a programas de
formación y certificación de competencias laborales.
Los migrantes venezolanos con Permiso por Protección Temporal (PPT) en
Colombia pueden optar por una visa de residente después:
a. De cumplir cinco años de residencia continua en el país, bien con este
permiso o sumando el tiempo de cinco años entre el PEP y el PPT. En este
sentido, desde junio de 2024 los migrantes venezolanos que sumen el tiempo
estipulado tienen la opción de hacer la solicitud de visa de residente, por
supuesto cumpliendo con los requisitos de ley establecidos.
b. Contar con cinco años continuos de residencia en el país bajo la
regularización con el PEP y el PPT, a partir de este tiempo el migrante puede
optar por la visa de residente para él y para su núcleo familiar (Desde mayo de
2024, los migrantes venezolanos que sumen los cinco años entre los dos permisos
pueden optar por una visa de residente).
No obstante, es crucial destacar que el costo del pasaporte y la visa puede
representar una carga significativa para muchos migrantes venezolanos en
Colombia, quienes a menudo enfrentan desafíos económicos. El costo de obtener o
renovar un pasaporte venezolano es elevado, y el proceso puede ser complicado y
demorado. En muchos casos, los migrantes deben viajar a otras ciudades o
incluso a otros países para gestionar este trámite. Además, el valor de la visa
de residente representa una inversión considerable que no todos los migrantes
pueden afrontar fácilmente.
Para muchos migrantes, estos costos pueden ser prohibitivos, limitando su
capacidad para regularizar completamente su estatus migratorio en Colombia y
alcanzar una estabilidad legal a largo plazo. Además del pasaporte, es
necesario presentar otros documentos, como el certificado de antecedentes
penales y la prueba de solvencia económica. Obtener la visa de residente
implica una mayor estabilidad legal en Colombia, permitiendo a los migrantes
residir indefinidamente en el país y acceder a derechos y beneficios
adicionales, como la posibilidad de optar por la nacionalidad colombiana
después de cinco años de residencia continua con la visa de residente.
Sin embargo, los costos financieros y la necesidad de un pasaporte vigente
son barreras significativas. Para muchos migrantes, cubrir estos gastos puede
ser difícil debido a sus limitadas capacidades financieras, lo que afecta su
capacidad para asegurar una residencia permanente en Colombia.
Vale destacar, que el PEP como el PPT han sido políticas migratorias que
han dado oportunidades de estabilidad a los migrantes venezolanos; sin embargo,
las ventajas del PPT sobre el PEP, han sido superiores. A continuación, se
presenta un cuadro comparativo en el que se presentan los rasgos
característicos del PEP y el PPT (cuadro 3).
Cuadro 3
Comparativo entre el PEP y el PPT
Categoría de análisis |
Permiso Especial de Permanencia (PEP) |
Permiso por Protección Temporal (PPT) |
Vigencia |
Hasta 2 años |
10 años |
Renovación |
Posibilidad de renovación |
No necesita renovación |
Acceso a servicios |
Limitado |
Acceso a servicios sociales |
Acceso a empleo |
Trabajo formal permitido |
Trabajo formal permitido |
Derecho a residencia |
Temporal |
Temporal con opción a visa de residente |
Costo |
Sin costo inicial |
Sin costo inicial |
Documentación requerida |
Pasaporte o cédula venezolana |
Pasaporte venezolano (vigente o no) |
Integración social |
Limitada |
mayor integración social |
Protección legal |
Básica |
Protección legal |
Impacto en regularización |
Primer paso para regularización |
Mejora el proceso de regularización |
compatibilidad con Visas |
No directamente compatible con visa |
Compatible con visa de residente después de 5
años |
Acceso a Nacionalidad |
No especificado |
Posibilidad después de 5 años con visa de
residente |
Nota: elaboración a partir de
los elementos característicos de ambos permisos
Es de resaltar que el PEP fue otorgado principalmente entre 2017 y 2021
como una medida temporal para regularizar la situación de los migrantes
venezolanos, y el PPT fue implementado a partir de 2021 como una política más
duradera y con mayores beneficios para los migrantes, respondiendo a la
necesidad de una solución más sostenible para la migración venezolana en
Colombia.
Estas normativas han buscado manejar la migración de manera integral,
asegurando la protección de los derechos de los migrantes, facilitando su
integración en la sociedad colombiana y abordando los desafíos que plantea la
migración masiva, especialmente en el contexto de la crisis migratoria venezolana.
4. Conclusión
El análisis de las políticas públicas de regularización de los migrantes
venezolanos en Colombia revela un esfuerzo significativo y constante por parte
del gobierno para gestionar de manera efectiva la crisis migratoria. Desde la
introducción del Permiso Especial de Permanencia (PEP) hasta la implementación
del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), las
autoridades colombianas han adoptado medidas integrales para proporcionar
estabilidad y derechos a los migrantes, facilitando su integración
socioeconómica en el país. Estas políticas han permitido que un gran número de
migrantes regularicen su situación, accedan a servicios públicos esenciales y
se incorporen al mercado laboral formal.
Los avances logrados mediante el PEP y el ETPV demuestran un enfoque
humanitario y pragmático en la gestión de la migración venezolana. El Permiso
por Protección Temporal (PPT), bajo el ETPV, no solo ha proporcionado un marco
legal claro para la regularización, sino que también ha contribuido a la
cohesión social y al desarrollo económico al permitir que más de dos millones
de venezolanos participen activamente en la vida productiva del país. Este
enfoque ha sido crucial para abordar las necesidades urgentes de los migrantes y
garantizar que puedan contribuir positivamente a la sociedad colombiana.
Sin embargo, la implementación de estas políticas también ha enfrentado
desafíos significativos. La capacidad de adaptación y flexibilidad del
gobierno, que puede prorrogar o terminar los efectos del ETPV según las
circunstancias, introduce un grado de incertidumbre para los migrantes. Este
factor subraya la necesidad de una planificación a largo plazo y de mecanismos
que aseguren la continuidad y sostenibilidad de las políticas de regularización,
incluso en contextos de cambio político y económico.
Además, la efectividad de las políticas de regularización depende en gran
medida de la coordinación interinstitucional y del apoyo de la comunidad
internacional. La colaboración con organismos internacionales como la OIM y
ACNUR ha sido fundamental para proporcionar asistencia técnica y recursos. A
medida que Colombia continúa enfrentando los efectos de la crisis migratoria
venezolana, es esencial fortalecer estas alianzas y buscar apoyo adicional para
mejorar la infraestructura y los servicios disponibles para los migrantes.
Las políticas públicas de regularización de los migrantes venezolanos en
Colombia han representado un avance notable en la gestión de la migración y la
protección de los derechos humanos. A pesar de los desafíos, estas políticas
han sentado las bases para una integración efectiva y sostenible de los
migrantes en la sociedad colombiana. La experiencia de Colombia ofrece
lecciones valiosas para otros países que enfrentan crisis migratorias similares
y destaca la importancia de un enfoque integral y humanitario en la formulación
de políticas migratorias.
Referencias bibliográficas
Banco Mundial. (2023). La migración mundial en el siglo XXI: El impacto del
cambio climático, los conflictos y los cambios demográficos. https://www.bancomundial.org/es/news/feature/2023/12/11/global-migration-in-the-21st-century-navigating-the-impact-of-climate-change-conflict-and-demographic-shifts
Cárdenas, F. (2016). Continuidades históricas en la conquista de América. Revista Colombiana
de Ciencias Sociales, 7(1), 154-180. https://www.redalyc.org/journal/4978/497857392010/html/
Castles, S. (2000). Migraciones internacionales a comienzos del siglo XXI.
Tendencias y problemas mundiales. Revista Internacional de Ciencias
Sociales, 165(52/3), 269-281. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000123852_spa
Castles, S., & Miller, M. J. (2009). The Age of Migration: International
Population Movements in the Modern World. Palgrave Macmillan.
Constitución Política de Colombia [Const]. Art. 6. 7 de julio de 1991
(Colombia). https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125
Decreto 1238 de 2018 [Ministerio de Relaciones Exteriores]. Por la cual se
establecen los criterios para el cumplimiento de obligaciones migratorias y el
procedimiento sancionatorio de la Unidad Administrativa Especial Migración
Colombia. Diario Oficial No. 50.596 de 17 de mayo de 2018. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_uaemc_1238_2018.htm
Decreto 216 de 2021. Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de
Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se
dictan otras disposiciones en materia migratoria. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=159606
Departamento Administrativo Nacional de Estadística- DANE (2023). Reporte
Estadístico de Migración No. 1. https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/poblacion/migracion/reporte-migracion.pdf
Departamento Administrativo Nacional de Estadística- DANE- GEIH (2021).
Gran Encuesta Integrada de Hogares. https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/mercado-laboral/empleo-y-desempleo/geih-historicos
International Organization for Migration- IOM (2019). World Migration
Report 2020. Retrieved from https://publications.iom.int/books/world-migration-report-2020
International Organization for Migration- IOM (2020). World Migration
Report 2020. https://worldmigrationreport.iom.int/wmr-2020-interactive/
Jiménez de Quesada, G. (2024). Enciclopedia Británica. https://www.britannica.com/biography/Gonzalo-Jimenez-de-Quesada
Mármora, L. (2002). Las políticas de migraciones internacionales.
Paidós.
Ministerio del Trabajo (2018). Grupo de Gestión de la Política de Migración
Laboral. https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/movilidad-y-formacion/grupo-de-gestion-de-la-politica-de-migracion-laboral/vi.-rutec
Ministerio del Trabajo (2022). Informe de Gestión. https://www.mintrabajo.gov.co/atencion-al-ciudadano/transparencia/informes-de-gestion-sector-trabajo
Ministerio del Trabajo (2024). Permiso Especial de Permanencia para el
Fomento de la Formalización- PEPFF. https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/movilidad-y-formacion/grupo-de-gestion-de-la-politica-de-migracion-laboral/pepff
Muñoz, T. M. (2016). Políticas migratorias en México y Venezuela: Análisis de
respuestas gubernamentales disímiles ante procesos de inmigración y emigración
internacionales. Desafíos,
28(2),
333-366. https://doi.org/10.12804/
desafios28.2.2016.09
OECD/ILO (2018). The ILO and the OECD Development Centre launch a report on
immigrants’ contribution to developing countries’ economies. https://www.oecd.org/dev/migration-development/ilo-oecd-development-centre-launch-report-immigrants-contribution-developing-countries-economies.htm
OIT & PNUD (2021). Marco de Acción entre el PNUD y la OIT. Recuperado
de https://www.ilo.org/sites/default/files/wcmsp5/groups/public/@dgreports/@dcomm/documents/statement/wcms_762503.pdf
OIT (2018). Panorama Laboral
Temático 4. Presente y futuro de la protección social en América Latina y el
Caribe. Organización Internacional del Trabajo, Lima, Perú. https://www.ilo.org/
wcmsp5/groups/public/---americas/---rolima/documents/publication/wcms_633654.
pdf
ONU (2018). Pacto para una
migración segura, ordenada y regular. Recuperado de https://www.ohchr.org/es/migration/global-compact-safe-orderly-and-regular-migration-gcm
Organización Internacional del
Trabajo y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo-OIT (2021).
Migración desde Venezuela: oportunidades para América Latina y el Caribe:
Estrategia regional de integración socioeconómica. https://www.ilo.org/sites/default/files/wcmsp5/groups/public/@americas/@ro-lima/documents/publication/wcms_775178.pdf
OXFAM. (2019). Yes, but not here.
Perceptions of xenophobia and discrimination towards Venezuela migrants in
Colombia, Ecuador and Peru. OXFAM research report. Recuperado de https://oxfamilibrary.openrepository.
com/bitstream/handle/10546/620890/bp_yes_but_not_here_en_xenophobia-migration-venezuela251019-en.pdf
Portes, A., & DeWind, J. (Eds.). (2007). Rethinking Migration: New Theoretical
and Empirical Perspectives. Berghahn Books.
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo- PNUD (2020). Informe
Sobre Desarrollo Humano 2019. Recuperado de https://www.undp.org/es/colombia/publicaciones/informe-sobre-desarrollo-humano-2019
Resolución 1272 de 2017 [Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia].
Diario oficial año CLV N. 50308 28 de julio 2017. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_5797_2017.htm
Resolución 2357 de 2020. Diario Oficial No. 51.475 de 22 de octubre de
2020. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/arbol/33159.htm
Resolución 240 de 2020. Diario Oficial No. 51.206 de 24 de enero 2020. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_0240_2020.htm
Resolución 3548 De 2019 [Ministerio de Relaciones Exteriores]. Por la cual
se establecen los criterios para el cumplimiento de obligaciones migratorias y
el procedimiento sancionatorio de la Unidad Administrativa Especial Migración
Colombia. Diario Oficial No. 51.005 de 5 de julio 2019. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_3548_2019.htm
Resolución 5477 de 2022. Diario Oficial No. 52.103 de 22 de julio de 2022. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_5477_2022.htm
Resolución 5797 de 2017 [Ministerio de Relaciones Exteriores]. Por medio de
la cual se crea un Permiso Especial de Permanencia. 25 de julio de 2017. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_5797_2017.htm
United Nations High Commissioner for Refugees- UNHCR (2020). Global Trends:
Forced Displacement in 2019. https://www.unhcr.org/globaltrends2019/
Uribe, M. V. (2007). Las
migraciones prehistóricas en América. Universidad Nacional de
Colombia.