Universidad del Zulia (LUZ)
Revista Venezolana de Gerencia (RVG)
Año 30 No. 110, 2025, 881-893
Abril-Junio
ISSN 1315-9984 / e-ISSN 2477-9423
Como citar: Patricio, S. S. (2025). Impacto de los Convenios de Doble Imposición en la Planificación Tributaria. Revista Venezolana De Gerencia, 30(110), 881-893. https://doi.org/10.52080/rvgluz.30.110.6
Impacto de los Convenios de Doble Imposición en la Planificación Tributaria
Patricio Aparicio, Santiago Saturnino*
Resumen
El estudio tiene por objetivo determinar el impacto de los convenios de doble imposición en la planificación tributaria de las empresas envasadoras de gas licuado de petróleo del Perú. La metodología de este trabajo es de tipo aplicada, con enfoque cuantitativo, nivel explicativo y diseño no experimental. La población estuvo conformada por 117 profesionales contables de empresas en estudio; en selección de muestra, 100 profesionales contables especialistas en temas tributarios internacionales. Para recolección de datos se utilizó el Google Forms, en el cual se aplicaron 20 cuestionarios a los colaboradores, elaborados a 3 niveles de escala de Likert. Los resultados expresan que gestionar los tributos internacionales de acuerdo a las reglas de los convenios fiscales minimiza en un 97.50% las infracciones, sanciones y multas en materia tributaria. Se concluyó que existe impacto de los convenios de doble imposición durante la elaboración y ejecución de la planificación tributaria por operaciones transfronterizas de las empresas.
Palabras clave: Convenios de doble imposición; acuerdos fiscales; tratados impositivos; planificación fiscal; planificación tributaria.
Recibido: 20.11.24 Aceptado:10.02.25
Doctor en Contabilidad de la Universidad Nacional Federico Villareal – Perú, maestro en Auditoría Integral de la Universidad Nacional Federico Villareal – Perú, docente ordinario en la Universidad Nacional Federico Villareal – Perú. Email: spatricio@unfv.edu.pe, ORCID: https://orcid.org/0000-0003-4110-8440.
Impact of Double Taxation Agreements on Tax Planning
Abstract
The objective of this study is to determine the impact of double taxation treaties on the tax planning of LPG bottling companies in Peru. The methodology of this work is applied, quantitative approach, explanatory level, non-experimental design. The population consisted of 117 accounting professionals from the companies under study, and a sample of 100 accounting professionals specialized in international tax issues was selected. For data collection, Google Forms was used, in which 20 questionnaires were applied to the collaborators, elaborated at 3 levels of Likert scale. The results show that managing international taxes according to the rules of the tax treaties minimizes 97.50% of the infractions, penalties and fines in tax matters. It was concluded that there is an impact of double taxation treaties during the preparation and execution of tax planning for cross-border operations of companies.
Keywords: Double taxation treaties; tax agreements; tax treaties; tax planning; tax planning.
1. Introducción
La doble tributación es un fenómeno que afecta a las actividades comerciales que atraviesan las fronteras de diferentes países; esto sucede cuando una actividad económica es influenciada dos veces en distintas jurisdicciones. Para abordar este desafío, los países suelen recurrir a la firma de convenios de doble imposición (CDI) con el fin de evitar el doble gravamen impositivo. Por otra parte, dichos convenios fiscales son instrumentos que facilitan a los líderes empresariales elaborar planificación tributaria eficiente que facilite tomar decisiones adecuadas en sus operaciones internacionales. En ese sentido, se planteó por objetivo determinar el impacto de los convenios de doble imposición en la planificación tributaria de las empresas envasadoras de gas licuado de petróleo en Perú.
En una visión crítica, la falta de conocimiento sobre los tratados y aspectos claves relacionados con la doble tributación genera costos elevados para las empresas, dificultades en la planificación fiscal e incluso actúa como un obstáculo para la inversión extranjera (Mayteck, 2023; Haji, 2021).
Es evidente que uno de los principales problemas de los CDI es la deficiente implementación interna por los estados. En este sentido, resulta imperativo revisar y actualizar el marco normativo que rige los CDI, con el fin de abordar las limitaciones que actualmente obstaculizan su eficacia en la aplicabilidad por las organizaciones empresariales (Salazar, 2021; Gómez y Gaviño, 2023). Los CDI conceden beneficios financieros a los inversionistas en términos normativos impositivos internacionales y favorecen comparar, mediante la planificación fiscal, los tratados que otorgan mayor beneficio tributario (Castellanos y Pérez, 2022; Suárez y Rosero, 2022).
Los CDI son herramientas fundamentales que incentivan y promueven la inversión extranjera en un país. Estos acuerdos contribuyen a la innovación, el aumento de la actividad económica y el fomento del empleo a través de la implementación de tasas fiscales estratégicas (Sora y Bohórquez, 2021; Yanes et al., 2024). Por otra parte, los CDI atenúan la carga impositiva tanto para las empresas como para las personas físicas que realizan actividades profesionales o empresariales en más de un país. Estos acuerdos buscan evitar que una misma renta sea gravada en más de una jurisdicción, evitando así la doble tributación (Alvear, 2021; Viaña, 2023).
La planificación tributaria no debe ser confundida con la evasión o elusión impositiva, ya que estas últimas implican prácticas deshonestas e intencionadas para evitar el pago de impuestos, es fundamental cumplir con las obligaciones fiscales de manera ética y respetando la normativa vigente (Escalada et al., 2020), planificar los tributos es fundamental para que los funcionarios de las empresas tomen decisiones informadas y minimicen el riesgo de cometer infracciones y recibir multas tributarias, es importante que se realice de manera adecuada y ética, considerando siempre las normativas fiscales vigentes (Chumacero y Quiroz, 2021), los líderes empresariales aplican estrategias en su planificación fiscal utilizando las normas legales tributarias, con el fin de facilitar el presupuesto del erario nacional y su aplicación en el desarrollo social, es importante señalar que estas estrategias se diferencian tanto de la evasión como de la elusión fiscal (Ruiz et al., 2023).
Según las investigaciones de los autores a nivel internacional, la inversión transnacional requiere que los gobernantes firmen convenios para evitar la doble tributación, enviando una señal positiva a la inversión extranjera, proporcionando seguridad jurídica fiscal a los inversionistas y generando confianza entre deudores y acreedores tributarios. Además, garantiza la elaboración de una planificación fiscal eficiente para los gobiernos en turno, como para los inversionistas, minimizando infracciones como sanciones fiscales, mejorando la liquidez en ambos casos.
El presente estudio se efectuó con el fin de determinar el impacto de los convenios de doble imposición en la planificación tributaria de las empresas envasadoras de gas licuado de petróleo del Perú.
2. Convenios de doble imposición y planificación tributaria en la mira teórica
En este apartado se fundamentan las teorías sobre los convenios de doble imposición y, como parte de ello, las medidas unilaterales fiscales, las medidas bilaterales tributarias y las medidas multilaterales fiscales. Asimismo, se tratan las teorías respecto a la planificación tributaria y sus enunciados como la planificación interdisciplinaria, planificación estratégica y conductas lícitas en la planificación.
Los convenios de doble imposición (CDI) son acuerdos internacionales firmados entre dos países con el objetivo de evitar que una misma renta sea gravada dos veces por impuestos en ambos países. Estos convenios establecen reglas para determinar en qué país se deben pagar impuestos sobre ciertos tipos de renta, como, por ejemplo, rentas de inversiones, dividendos, intereses, regalías, entre otros (Diller et al., 2024; Kudła et al., 2023). Para la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE, 2017), los CDI son acuerdos fiscales bilaterales que buscan regular las relaciones financieras y económicas entre empresas de dos países, permitiendo el intercambio de información fiscal entre las administraciones tributarias de dichos países.
Los CDI son acuerdos fundamentales para promover la inversión y el comercio internacional, ya que brindan seguridad jurídica y evitan la doble tributación, lo que a su vez contribuye al desarrollo económico y a la atracción de inversiones extranjeras (Salazar, 2021; Reina y Cisneros, 2023). Asimismo, para el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT, 2017), los CDI establecen reglas para determinar en qué país se deben pagar impuestos sobre ciertos tipos de ingresos, así como medidas para prevenir la evasión fiscal. También incluyen disposiciones para resolver disputas fiscales entre los dos países e intercambiar información entre las administraciones tributarias.
Los CDI son acuerdos internacionales que tienen como objetivo regular y evitar la doble tributación de la renta entre dos Estados. Estos acuerdos buscan también identificar y prevenir la evasión fiscal y la elusión de impuestos a nivel internacional. Finalmente, los países que firman estos convenios renuncian a ciertas ganancias y acuerdan que la tributación se realice en un solo país, o, en algunos casos, se comparta entre ambos países (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria [SUNAT], 2019). Los CDI son conocidos como pactos de derecho tributario a nivel internacional, firmados por dos estados con el fin de minimizar tributos que se pagan doble por el mismo patrimonio, como el impuesto a las ganancias (Jaimes, 2023; Almagro, 2020).
Las medidas unilaterales fiscales son acciones tomadas por un país de manera independiente en el ámbito de la política fiscal, sin necesidad de coordinación o acuerdo con otros países. Estas medidas pueden incluir cambios en la legislación tributaria, la modificación de tasas impositivas, la creación de nuevos impuestos, la eliminación de exenciones fiscales, entre otras acciones que afecten la recaudación de impuestos y la política fiscal del país (Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo, 2019). Asimismo, Gámez y Romero (2017) se refieren a las leyes y regulaciones establecidas por el gobierno para imponer impuestos y aplicar la tributación a nivel nacional.
Las medidas bilaterales tributarias son acuerdos o acciones tomadas entre dos países en el ámbito de la fiscalidad para regular aspectos relacionados con la tributación transfronteriza y evitar la doble imposición. Estos acuerdos bilaterales pueden incluir convenios para evitar la doble imposición, intercambio de información fiscal, acuerdos de intercambio de asistencia administrativa en materia tributaria, entre otros (Castellanos, 2023). Para Gámez y Romero (2017); Sherman, Weiss & Saito (2020), son instrumentos que las naciones utilizan para reducir la carga impositiva de las empresas, siguiendo los modelos de la OCDE y la ONU. Estas herramientas están formalizadas y su cumplimiento es exigido una vez son firmadas (Moreno 2024).
Las medidas multilaterales fiscales son acciones o acuerdos que involucran a múltiples países en el ámbito de la política fiscal. Estas medidas implican la cooperación y coordinación entre varios países para abordar cuestiones fiscales comunes, como la evasión fiscal, la elusión fiscal, la planificación fiscal agresiva y la armonización de normas fiscales internacionales (Pedernera, 2014; Kuźniacki & van Weeghel, 2023). Por otra parte, Gámez y Romero (2017) manifiestan que son estándares internacionales de intercambio de información fiscal que buscan combatir la evasión fiscal a nivel global mediante el intercambio automático de información financiera entre países.
La planificación tributaria es un proceso clave para los operadores económicos al momento de decidir dónde invertir; se evidencia que la actitud de las grandes corporaciones influye en las normativas tributarias de los países en los que operan al tomar decisiones de inversión a nivel internacional (Martínez, 2020; (Ortiz-Guevara et al., 2024). La planificación tributaria es un proceso mediante el cual los contribuyentes, ya sean individuos o empresas, analizan de manera estratégica su situación financiera y fiscal con el objetivo de minimizar la carga impositiva de manera legal (Villanueva, 2017). Asimismo, la planificación tributaria consiste en anticipar y estructurar de manera eficiente las operaciones financieras y comerciales para reducir el impacto de los impuestos, aprovechando al máximo las deducciones, exenciones y beneficios fiscales disponibles en el marco legal vigente (Villasmil, 2017; Posligua, 2024).
La planificación tributaria busca gestionar de manera eficiente la carga impositiva, cumpliendo con las obligaciones fiscales de forma responsable y buscando maximizar el patrimonio neto disponible para el contribuyente (Alva, 2013; Mulya, 2024; Viteri, 2024). Exige realizar diversos procesos, como la selección de estructuras empresariales más favorables desde el punto de vista fiscal, la optimización de la tributación de inversiones, la planificación de la sucesión patrimonial, entre otras acciones destinadas a minimizar el pago de impuestos de forma lícita (Bosque, 2019; Silva et al, 2022).
La planificación interdisciplinaria se refiere a la colaboración y coordinación de profesionales de diferentes disciplinas, como contadores, abogados, asesores financieros, entre otros, para diseñar estrategias fiscales integrales y efectivas que aborden de manera completa y holística la situación financiera y fiscal de un contribuyente (Ramírez-Casco, Berrones-Paguay & Ramírez-Garrido, 2020). En ese sentido, lo interdisciplinar en la planificación tributaria aporta una visión más amplia y profunda de la situación fiscal de un contribuyente, permitiendo identificar de manera más efectiva áreas de optimización fiscal, riesgos de incumplimiento, oportunidades de ahorro tributario y cumplimiento normativo.
La planificación estratégica implica el diseño y la implementación de estrategias fiscales a largo plazo que estén alineadas con los objetivos financieros y comerciales de un contribuyente. Este enfoque estratégico busca no solo minimizar la carga impositiva de manera puntual, sino también optimizar la estructura fiscal de forma coherente con la visión y los planes a futuro de la persona o empresa (Ramírez-Casco et al., 2020).
Las conductas lícitas en la planificación tributaria permiten a los contribuyentes optimizar su carga impositiva de manera legal y ética, aprovechando al máximo las oportunidades que ofrece el sistema tributario sin incurrir en prácticas fraudulentas o evasivas (Ramírez-Casco et al., 2020).
3. Enfoque metodológico del estudio
El tipo de investigación que utiliza este trabajo es aplicada, en tanto se verifica como el cumplir con la normativa de los convenios en la planificación fiscal minimiza infracciones como sanciones fiscales. Se utilizó la recolección de datos para probar hipótesis con base en la medición numérica y el análisis estadístico, con el fin de establecer pautas de comportamiento y probar teorías en la práctica. Busca explicar causas como efectos de los acuerdos y la planificación, ambos en materia de impuesto a la renta.
La investigación explicativa se ocupa de encontrar la esencia de hechos intercediendo en el establecimiento de relatos de causas y efectos (Arias, 2012). Es de diseño no experimental; no se manipuló las variables convenios de doble imposición ni planificación tributaria para verificar y analizar los resultados. Se confió en la observación y la interpretación para comprender mejor la situación y sus implicaciones, como los convenios de doble imposición impactan en la planificación tributaria de las plantas envasadoras de GLP del Perú. La población está conformada por 117 profesionales contables de empresas en estudio; selección de muestra: 100 profesionales contables especialistas en temas tributarios internacionales, para garantizar la fiabilidad y relevancia de la información obtenida.
En la recolección de datos se utilizó Google Forms en la cual se formuló 20 preguntas acerca de convenios de doble imposición como la planificación tributaria, sus dimensiones como indicadores, para ser respondidos por los colaboradores, elaborados a 3 niveles de escala de Likert, con el fin de saber su conocimiento respecto a los acuerdos tributarios y si esta impacta en los pronósticos fiscales. El instrumento se validó con juicio de tres expertos y su fiabilidad con el Alpha de Cronbach, por ser de carácter politómico, esto es, cuenta con 3 opciones de contestación.
En tratamiento de datos, se empleó el Microsoft Excel que facilitó tabular las respuestas de los encuestados, efectuar sumatorias por dimensiones y variables, calcular los intervalos, realizar gráficos; asimismo, se utilizó el software SPSS v27 para diagnosticar estadísticos descriptivos e inferenciales a partir de datos muéstrales.
4. Convenios de doble imposición y planificación tributaria en la práctica
Para respaldar el objetivo del estudio, se llevaron a cabo diversos análisis estadísticos, que permitieron obtener una comprensión más profunda de los datos y respaldar las conclusiones con evidencias cuantitativas. Respecto a los convenios de doble imposición como de planificación tributaria, la explicación es la siguiente.
En la tabla 1, queda plasmado que el instrumento de medición utilizado sobre los convenios de doble imposición y la planificación tributaria dispone de un valor de fiabilidad alta, garantizando que los resultados obtenidos de la muestra son de confianza, tanto en su aplicabilidad e integridad al someter a la población.
Tabla 1
Confiabilidad de los instrumentos de medición
Variable |
Alpha de Cronbach |
N° Ítems |
Planificación Tributaria |
0.914 |
20 |
Convenios de doble imposición |
0.935 |
20 |
Además, proporcionan a los usuarios información sobre el nivel de exactitud de los instrumentos utilizados, lo que a su vez permite generar conclusiones adecuadas y relacionadas con los objetivos planteados.
Por otro lado, es necesario aplicar el modelo estadístico de regresión logística multivariado, por ser el estudio de alcance explicativo y obtener coeficientes que indiquen la fuerza y la dirección de la relación entre la variable explicativa y la variable explicada, la que se expone en la siguiente tabla 2.
Tabla 2
Prueba de regresión logística ordinal
Modelo |
Logaritmo de la verosimilitud -2 |
Chi-cuadrado |
gl |
Sig. |
Sólo interceptación |
43,293 |
|||
Final |
,435 |
62,293 |
4 |
,001 |
Tal como se describe en la tabla 2, el p valor equivale a 0.001 frente al nivel de significación α que equivale a 0.05, por lo tanto, la información de convenios de doble imposición, simultáneamente con sus dimensiones: medidas unilaterales, medidas bilaterales, medidas multilaterales; definidas en párrafos anteriores, explican un alto impactan en la elaboración de la planificación tributaria como en sus dimensiones: interdisciplinaria, estratégica, conductas lícitas; también definidas en párrafos anteriores. Asimismo, la verisimilitud final de 0.435 manifiesta la aceptación de la hipótesis planteada en la investigación. En la tabla 3, el factor Nagalkerke, indica que la planificación tributaria depende en 97.50% de la aplicación correcta de los convenios de doble imposición.
Tabla 3
Pseudo R cuadrado
Cox y Snell |
,351 |
Nagelkerke |
,975 |
McFadden |
,969 |
Al respecto, elaborar presupuestos fiscales bajo los lineamientos de los acuerdos tributarios facilita a los líderes empresariales tomar decisiones oportunas y adecuadas, tales como determinar costos, en qué país invertir, buscar condición de residencia, dónde liquidar y pagar tributos, qué operaciones y servicios requerir de otros estados. De tal manera, se minimizan las infracciones como multas por las administradoras fiscales internacionales como la nacional.
Las personas físicas, los líderes de las personas jurídicas y colaboradores tributarios con herramientas denominadas planificación tributaria elaboradas bajo los parámetros de los convenios fiscales incurrirán en menos errores en materia tributaria, mejorando costos, rentabilidad, incentivando inversión transnacional, liquidez óptima, satisfacción en los estados y la sociedad en la cual operan.
Tal como se observa en la tabla 4, se estableció el impacto de las dimensiones de la variable independiente de convenios de doble imposición. Del análisis de la distribución Beta, se encontró la dimensión de medidas bilaterales con impacto alto, con Beta = 0.391. La dimensión de medidas multilaterales con impacto medio, con Beta = 0.385. La dimensión mide unas medidas unilaterales con impacto bajo, con Beta = 0.224.
Tabla 4
Distribución Beta de la variable independiente: Convenios de doble imposición
Modelo |
Coeficientes estandarizados |
Sig. Bilateral |
Beta |
||
Medidas unilaterales (agrupado) |
,224 |
,000 |
Medidas bilaterales (agrupado) |
,391 |
,000 |
Medidas multilaterales (agrupado) |
,385 |
,000 |
La apreciación de los cooperantes preguntados, especialistas en tributación internacional del sector hidrocarburos, plantas envasadoras de GLP del Perú, es que la dimensión de las medidas bilaterales es de mayor impacto en los convenios de doble imposición, como consecuencia de ser acuerdos o acciones más comunes suscritas por dos países en relación con sus sistemas fiscales. Elaborados bajo el modelo OCDE en la firma del convenio fiscal, los involucrados tienen un tratado para evitar la doble imposición, contienen la afectación como la inafectación de ganancia o patrimonio con el impuesto a la renta, imponen reglas de no discriminación y la condición de domiciliado.
Las medidas multilaterales son de mediano impacto en los convenios de doble imposición, debido a que los países cuentan con poco o nada con acuerdos entre múltiples países en asuntos tributarios. Exigen estar al tanto de los acuerdos y convenciones internacionales a nivel multilateral, elaborados bajo directrices del modelo ONU u OCDE, que promueven la equidad fiscal, el intercambio de información fiscal, la coordinación de políticas fiscales y la implementación de normas comunes para abordar la evasión fiscal. Combaten la evasión fiscal y promueven la transparencia en los asuntos fiscales a nivel internacional. En tanto, la dimensión de medidas unilaterales es de bajo impacto en los convenios de doble imposición, por tratarse de normativa interna de un país en materia fiscal, teniendo como potestad crear política fiscal dentro de sus propias fronteras, crear nuevos tributos, modificar normas fiscales; finalmente, son decisiones soberanas tomadas por un país en asuntos fiscales.
Como se observa en la tabla 5, se estableció el impacto de las dimensiones de la variable dependiente de la planificación tributaria. Del análisis de la distribución Beta, se encontró la dimensión interdisciplinaria con impacto alto, con Beta = 0.391. La dimensión estratégica con impacto medio, con Beta = 0.385. La dimensión de conductas lícitas con impacto bajo, con Beta = 0.224.
Tabla 5
Distribución Beta de la variable dependiente: Planificación Tributaria
Modelo |
Coeficientes estandarizados |
Sig. Bilateral |
|
Beta |
|||
Interdisciplinaria (agrupado) |
,405 |
,000 |
|
Estratégica (agrupado) |
,141 |
,000 |
|
Conductas licitas (agrupado) |
,454 |
,003 |
Los resultados traslucen argumentos fundamentales en las conductas licitas de los involucrados en la elaboración de la planificación tributaria, basados en la aplicabilidad de la ética y valores personales al pronosticar las obligaciones fiscales de manera legal, cumpliendo las leyes fiscales nacionales e internacionales, utilizando los tratados de doble imposición para evitar la doble tributación, aplicando las estructuras fiscales que sigan las normativas y regulaciones vigentes, evitando cualquier forma de evasión fiscal o elusión fiscal agresiva.
Mientras, la dimensión interdisciplinaria con mediano impacto, se fundamenta en la comprensión e interpretación de los convenios de doble imposición por grupo de profesionales con conocimientos en derecho tributario nacional e internacional, contabilidad internacional, economía, finanzas y relaciones internacionales, en ese sentido, los profesionales que elaboran la planificación tributaria deben ser capaces de integrar conocimientos de múltiples disciplinas que facilite comprender, abordar los desafíos y oportunidades que surgen en el contexto de la fiscalidad internacional.
El impacto bajo de la dimensión estratégica, implica determinar políticas fiscales, elaborar planificación para optimizar la carga impositiva y cumplir con las normativas fiscales, desarrollar estructuras fiscales eficientes, maximizar los beneficios fiscales, asegurar en cumplimiento de todas las obligaciones fiscales, evaluar y mitigar los riesgos asociados con la fiscalidad internacional, diseñar estructuras empresariales que cumplan con las normativas locales e internacionales, asimismo, tener en cuenta aspectos legales, financieros, operativos y de cumplimiento.
5. Conclusiones
La aplicación de los convenios de doble imposición en Perú involucra problemas de interpretación y aplicación, lo que genera incertidumbre y disputas sobre la tributación de ciertos ingresos o patrimonios, lo que puede dar lugar a diferencias significativas en la tributación de ingresos similares entre diferentes países. En ese orden de ideas, los gobernantes deben promover que, al suscribir acuerdos fiscales, usen términos fáciles de entender, comprender e interpretar por los gestores tributarios, como los administradores y contribuyentes, de tal manera que promuevan prácticas fiscales justas y equitativas a nivel global.
A los líderes empresariales les exige implementar políticas, procesos de gestión impositiva internacional, contar con profesionales interdisciplinarios; capacitar colaboradores en normas tributarias internas, convenios fiscales y la normativa impositiva del país en el cual está la inversión; con el fin de elaborar una planificación tributaria óptima, que garantice eliminar o reducir la doble tributación, infracciones, sanciones y multas fiscales a nivel de los administradores tributarios nacionales como transnacionales.
En gran parte, los gestores tributarios internacionales cuentan con problemas de interpretación como de comprensión de los diversos convenios de doble imposición, lo que puede resultar en una carga adicional en términos de cumplimiento y planificación fiscal. Por otra parte, la planificación fiscal efectiva ayuda a minimizar la carga impositiva de manera legal, permitiendo a individuos y empresas retener más ingresos para inversiones, gastos operativos y crecimiento.
Los convenios de doble imposición establecen reglas para evitar que los contribuyentes sean gravados dos veces por el mismo ingreso, proporcionando métodos para eliminar o reducir la doble tributación, incentivan la inversión transfronteriza, determinan qué país tiene el derecho de gravar ciertos tipos de ingresos, como dividendos, intereses, regalías; contienen disposiciones que protegen a los contribuyentes de la no discriminación, proporcionan seguridad en términos fiscales para los inversores. Por otro lado, la planificación fiscal implica evaluar y mitigar los riesgos asociados con la estructura fiscal, tales como auditorías, cambios normativos y litigios fiscales.
Finalmente, es crucial que la planificación fiscal cumpla con todas las leyes y regulaciones fiscales aplicables, tanto a nivel nacional como internacional, para evitar sanciones y litigios. Esto se logra con la correcta aplicación de los términos de los convenios fiscales bilaterales o multilaterales y la normativa tributaria interna.
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