¿Se pierde la inamovilidad laboral al recibir prestaciones sociales?

  • Juan García Vara Universidad Central de Venezuela

Resumen

1. ¿Cuándo legalmente se deben pagar las prestaciones sociales del trabajador?
Las prestaciones sociales por el servicio prestado por el laborante, solo se pagan así: Parcialmente, por permitirlo la propia legislación sustantiva como anticipo de prestaciones sociales; totalmente: Con la finalización de la prestación de servicios, sustitución de patrono –artículo 69 y 70 Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras1–, despido injustificado, finalización de la relación de trabajo, como veremos infra.

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Biografía del autor/a

Juan García Vara, Universidad Central de Venezuela

Abogado UCV. Ampliación de estudios en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social UCV. Magíster Scientiarum UCV. Escolaridad completa en Estudios de doctorado UCV. Profesor Postgrado UCV y UCAB. Juez Superior del Trabajo (Jub.). Autor de publicaciones y ensayos. Expositor en congresos, jornadas y talleres en materia laboral. Miembro de organizaciones académicas en Venezuela y el exterior. Blog: garciavara.wixsite.com/

Publicado
2024-09-04
Cómo citar
García Vara, J. (2024). ¿Se pierde la inamovilidad laboral al recibir prestaciones sociales?. Gaceta Laboral, 28(2), 130-139. Recuperado a partir de https://mail.produccioncientificaluz.org/index.php/gaceta/article/view/42647
Sección
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