Relaciones de trabajo en Venezuela ¿Avance o retroceso?
Abstract
Las relaciones de trabajo enmarcadas dentro del proceso de flexibilización del Derecho del Trabajo han sufrido a nivel internacional importantes cambios en las últimas décadas. El contexto interno venezolano no ha sido ajeno a este proceso, destacando el hecho fundamental que en la estructura política y legislativa venezolana ha habido un cambio notorio en lo que fueron sus postulados sociales esenciales durante casi tres décadas. En este orden de ideas, el sistema de relaciones de trabajo ha sido rediseñado de tal forma que es cuestionable si las reformas instauradas, lejos de acercarse al modelo de instituciones laborales imperantes en el mundo occidental, retoma las tendencias altamente proteccionistas y rígidas, presentes en los albores del Derecho del Trabajo. En Venezuela, con pasos tímidos, pero eficaces, se lograron reunir entre los años 1995-1998 mesas de discusión con la participación de los actores sociales para producir acuerdos sobre materias de gran importancia social: seguridad social y política salarial. Fueron los primeros pasos que promovieron el diálogo y la concertación como medio de encauzar las relaciones de trabajo, quedando atrás el intervencionismo del Estado en el dictado de condiciones de trabajo de manera unilateral e imperativa. Así, el sistema de relaciones de trabajo, evolucionó para conformar un sistema más participativo y democrático. Sin embargo, esta línea de actuación, fue fracturada con la instauración del actual gobierno democrático cuya primera acción legislativa fue la elaboración de una nueva Constitución, definitivamente sancionada el 15 de Diciembre de 1999. En ésta se mantuvo el esquema anterior que le daba rango constitucional a los derejornada, salario mínimo, prestaciones sociales, libertad sindical y huelga, así como a aquellos derecho relativos a la Seguridad Social: salud, sistema de seguridad social “público de carácter no lucrativo” y pensiones. Silencia la vigente Constitución aspectos fundamentales que gobiernan las relaciones de trabajo: el derecho a la información de los trabajadores sobre la situación real de la empresa, el derecho a la formación profesional como parte de un engranaje para desarrollar políticas de empleo, el salario con base en la productividad o el diálogo social como vía de conducción de las estrategias económicas y sociales del Estado y los interlocutores sociales. Avance o retroceso, es un cuestionamiento interesante y difícil de responder. Sin embargo, parece que retomar el régimen de política que protege sin evaluar costos, de hiper-regulación y superposición irreflexiva de la voluntad del Estado todopoderoso a la libertad de autonomía de la voluntad de las partes, no es una línea legislativa cónsona con la tendencia imperante en el contexto internacional.